De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9, 10 y 53 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se aprueba, entre otros, el régimen jurídico aplicable a las modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (LME), se hace público que con fecha 9 de julio de 2026, el socio único de la sociedad ALANNIA RESORTS, S.L.U. (Sociedad Absorbente) y el socio único de MVP CAMPING ESPAÑA, S.L.U., TRUMAN TRUST, S.L.U., ALANNIA COSTA DORADA, S.L.U., ALANNIA ELS PRATS, S.L.U., ALANNIA SALOU, S.L.U., y ALANNIA TOSSA DE MAR, S.L.U. (Sociedades Absorbidas) han decidido aprobar la fusión por absorción de las Sociedades Absorbidas por parte de la Sociedad Absorbente, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 30 de marzo de 2026, que no ha sido preciso depositar en el Registro Mercantil (la Fusión).
La Fusión implica la integración de las Sociedades Absorbidas en la Sociedad Absorbente mediante la transmisión en bloque del patrimonio de las primeras en beneficio de la segunda, que adquiere por sucesión universal la totalidad de sus derechos y obligaciones, con la consiguiente extinción de las Sociedades Absorbidas mediante su disolución sin liquidación.
A efectos de lo dispuesto en los artículos 10 y 13 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades implicadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, encontrándose dicha documentación a su disposición en el domicilio social de tales sociedades. Asimismo, se hace constar que los acreedores de las sociedades implicadas cuentan con el régimen de protección establecido en el artículo 13 LME.
En Alicante, 9 de julio de 2026.- Administrador solidario de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas, Don Philippe Marie Christian Imbert De Tremiolles.
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