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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de entre otras, la transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("RDME"), se hace público que la Junta General extraordinaria y universal de socios de Junoct, S.L., celebrada el día 29 de enero de 2026, aprobó por unanimidad, la fusión mediante la absorción por Junoct, S.L. de las mercantiles Grupo Engloba 2000, S.L., Engloba Levante, S.L. y Biológica de Innovación, S.L. mediante transmisión en bloque a título universal del patrimonio de cada una de ellas, a la sociedad absorbente, produciéndose la disolución sin liquidación, y extinción de las sociedades absorbidas. La fusión implica la subrogación de la sociedad absorbente, en todos los derechos y obligaciones de la sociedades absorbidas, todo ello conforme a los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los miembros de los órganos de administración de las sociedades intervinientes.
Se pone de manifiesto que al adoptarse el acuerdo en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios, conforme al art. 9 del Real Decreto-Ley 5/2023, el acuerdo de fusión se ha adoptado, sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, y sin anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones ni informe de los administradores sobre el proyecto de modificación. Procede aplicar a esta fusión los artículos 53 y 56 del RDME, por lo cual la operación se va a realizar sin que concurran los requisitos relacionados en el artículo 53, en especial los informes de administradores sobre el proyecto de fusión, el aumento de capital de la sociedad absorbente y la aprobación de la fusión por las juntas generales de las sociedades absorbidas.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, y los respectivos balances de fusión, así como los derechos de los acreedores de las sociedades intervinientes reconocidos en el artículo 13 del RDME.
Córdoba, 2 de febrero de 2026.- Los administradores solidarios de Junoct, S.L. (sociedad absorbente) Grupo Engloba 2000, S.L., Engloba Levante, S.L. y Biológica de Innovación, S.L. (sociedades absorbidas), D. Javier Ibáñez Jurado y D. José Luis Ibáñez Jurado.
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