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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (RDL 5/2023), se hace público que con fecha 2 de junio de 2026, la junta general de accionistas de la mercantil Empresa Mixta de Aguas de las Palmas, S.A. (Sociedad Absorbente) accionista único de la sociedad Emalsa Operaciones, S.A. Unipersonal (Sociedad Absorbida) aprobó por unanimidad, la fusión de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente, de conformidad con el proyecto de fusión redactado y formulado por los consejos de administración de las dos sociedades, en fecha 30 de abril de 2026 (el Proyecto).
La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, adquiriendo ésta última, por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, que quedará disuelta sin liquidación como consecuencia de la fusión, circunstancia que conllevará su extinción.
Como fecha de efectos contables de la fusión se fija el día 1 de enero de 2026, habiendo sido aprobados como balances de fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2025. Por ello, las operaciones que se realicen por la Sociedad Absorbida desde el 1 de enero de 2026 hasta la fecha de inscripción de la fusión en el registro mercantil de las Palmas, se entenderán realizadas a efectos contables, por cuenta de la Sociedad Absorbente, todo ello conforme al Proyecto.
Se hace constar que, dado que la Sociedad Absorbida está íntegra y directamente participada por la Sociedad Absorbente, resulta de aplicación el régimen simplificado previsto en el artículo 53 RDL 5/2023. Asimismo, resulta de aplicación el artículo 9 del RDL 5/2023 por haberse aprobado la fusión en junta universal y por unanimidad de los accionistas de la Sociedad Absorbente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión.
Asimismo, se hace constar el derecho de los acreedores de ambas sociedades, en quienes concurran los presupuestos legales, podrán ejercer los derechos previstos en el artículo 13 del RDL 5/2023, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Las Palmas de Gran Canaria, 2 de junio de 2026.- La Presidenta del Consejo de Administración de Empresa Mixta de Aguas de las Palmas, S.A, Carolina Darias San Sebastián.
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