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Documento BORME-C-2026-22

PROMOCIONES VETERINARIAS, S.A.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

PROMOCIONES VETERINARIAS VALENCIA, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 2, páginas 25 a 25 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-22

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, la "Ley"), se hace público que el día 1 de enero de 2026, la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de la compañía mercantil PROMOCIONES VETERINARIAS, S.A. (Sociedad Absorbente), ha acordado, por unanimidad la fusión por absorción, por parte de esta sociedad, de su sociedad íntegramente participada PROMOCIONES VETERINARIAS VALENCIA, S.L.U. (Sociedad Absorbida).

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los órganos de administración de ambas sociedades intervinientes en la fusión con fecha 30 de noviembre de 2025.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 de la Ley al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones 2, 3, 5, 6, 7 y 8 del artículo 40 de la Ley; (ii) el informe de expertos sobre el Proyecto de Fusión; (iii) el informe del órgano de administración (salvo el destinado a los trabajadores); (iv) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, ni (v) la aprobación de la fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbida.

Habiéndose adoptado el acuerdo de fusión por unanimidad en Junta General Extraordinaria y Universal de la Sociedad Absorbente, no ha sido necesaria la publicación y depósito previo de los documentos exigidos por la Ley, de conformidad con el artículo 9 de la referida normativa.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, así como del proyecto y de los balances de fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio disponen del plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, para ejercitar las acciones previstas en los apartados 1º, 2º y 3º del artículo 13.1 de la Ley.

Vic, 1 de enero de 2026.- Administrador único de Promociones Veterinarias, S.A. y Promociones Veterinarias Valencia, S.L.U, Sr. Jordi Font Comas.

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