Conforme a lo establecido en los artículos 10 y 13 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, (el "RD-ley 5/2023"), se hace público que el día 14 de noviembre de 2025, la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de Onsales Partners, S.L. ("Sociedad Parcialmente Escindida"), ha aprobado, por unanimidad, la escisión parcial de dicha sociedad mediante el traspaso en bloque por sucesión universal, de una parte de su patrimonio social identificado como la rama de actividad del "Negocio de Gran Consumo" a favor de la sociedad de nueva creación Onsales Consumer, S.L. (la "Sociedad Beneficiaria").
La escisión parcial se ha acordado en Junta General Extraordinaria con carácter universal, conforme al procedimiento unánime regulado en el artículo 9 del Real Decreto-Ley 5/2023, y según el proyecto de escisión formulado por los administradores solidarios de la Sociedad Parcialmente Escindida el 11 de noviembre de 2025, sin necesidad, por tanto, de publicar o depositar previamente los documentos exigidos para la convocatoria.
A la presente escisión parcial le resulta, asimismo, de aplicación lo dispuesto en el artículo 71 del Real Decreto-Ley 5/2023 en lo relativo a la simplificación de requisitos al atribuirse todas las participaciones sociales de la nueva Sociedad Beneficiaria a los socios de la Sociedad Parcialmente Escindida en la misma proporción que éstos tenían en el capital social de la Sociedad Parcialmente Escindida, de modo que no resulta necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión. No obstante, se hace constar que el acuerdo de escisión parcial contiene el detalle de los elementos de activo y pasivo que componen el patrimonio escindido transmitido a la Sociedad Beneficiaria "Onsales Consumer, S.L." y que queda asimismo a salvo la información destinada a los trabajadores y la puesta a disposición de los documentos de la escisión.
A los efectos de lo establecido en el artículo 10 del RD-ley 5/2023 se realiza la presente publicación en el BORME y en un diario de mayor difusión en la provincia en la que radica la sede social, y se hace constar el derecho que asiste a los socios, trabajadores y acreedores de la Sociedad Escindida de obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado. Se informa también a los acreedores de la Sociedad del derecho a oponerse a la escisión durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión parcial, según lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto-ley 5/2023.
Sevilla, 14 de noviembre de 2025.- El Administrador solidario, Daniel Maldonado López de Carrizosa.
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