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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público que, con fecha 31 de octubre de 2025, el socio único de Panificadora Hernani, S.L.U. ("Sociedad Absorbente"), y el accionista único de Ogidonosti, S.A.U. ("Sociedad Absorbida") han aprobado la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente, sobre la base del proyecto común de fusión formulado por los respectivos órganos de administración con fecha 2 de junio de 2025.
Con motivo de la operación de fusión aprobada se produce la transmisión en bloque, por sucesión universal, del patrimonio íntegro de la Sociedad Absorbida a favor de la Sociedad Absorbente, conllevando la disolución sin liquidación y consiguiente extinción de la Sociedad Absorbida.
Se hace constar el derecho que asiste al accionista único y a los acreedores de la Sociedad Absorbida y al socio único y a los acreedores de la Sociedad Absorbente de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los respectivos balances de fusión.
En Hernani y Astigarraga (Gipuzkoa), 4 de noviembre de 2025.- Don Ibai Aristimuño Zubillaga, Persona Física Representante del Administrador Único, Ogirik Beroena, S.L.
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