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Documento BORME-C-2025-5036

DSM VALORIZACIÓN, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

TRANSPAMAGA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 174, páginas 6230 a 6230 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-5036

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (RDL 5/2023), se hace público que el día 27 de julio de 2025, el Socio Único de DSM Valorización, S.L.U. (Sociedad Absorbente), en ejercicio de las competencias de la Junta General, aprobó la fusión por absorción de la sociedad Transpamaga, S.L.U. (Sociedad Absorbida) por parte de DSM Valorización, S.L.U. (Sociedad Absorbente), con extinción, vía disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida (la "Fusión").

El acuerdo ha sido adoptado en los estrictos términos del Proyecto Común de Fusión suscrito por unanimidad el 27 de junio de 2025 por los órganos de administración de las sociedades participantes en esta operación.

La Fusión se realiza mediante el procedimiento simplificado del artículo 53.1 del RDL 5/2023, ya que la Sociedad Absorbente posee todas las participaciones de la Absorbida. Según el artículo 9 del mismo RDL 5/2023, no es necesario el depósito previo del Proyecto en el Registro Mercantil ni la elaboración del informe de los administradores.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente del derecho que corresponde al socio único de la Sociedad absorbente y a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión.

Asimismo, se hace constar expresamente el derecho de oposición de los acreedores de las sociedades participantes, cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la publicación del Proyecto Común de Fusión y no hayan vencido en el momento de dicha publicación, que podrán ejercitar dentro del mes siguiente a la referida publicación en los términos descritos en el artículo 13 del RDL 5/2023.

Sevilla, 27 de julio de 2025.- La Administradora única de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, Madarias Inversiones, S.L.U., a través de su representante legal persona física Don Gonzalo Madariaga Parias.

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