De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 63 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (RDLME), se hace público que, la Junta General Extraordinaria y Universal de la mercantil Transportes Gallego Lopez, S.A. (Sociedad Totalmente Escindida), celebrada el día 7 de agosto de 2025, aprobó, por unanimidad, la escisión total en los términos previstos en los artículos 58.1. 1º y 59 del RDLME 5/2023. La Sociedad Transportes Gallego Lopez, S.A. (Sociedad totalmente escindida), se disolverá y extinguirá, sin liquidación, transmitiendo todo su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se transmite en bloque por sucesión universal a dos Sociedades Beneficiarias ya existentes. Una de ellas es, Digalo, S.L. (Sociedad Beneficiaria), y otra denominada Metaserena, S.L. (Sociedad Beneficiaria). Metaserena, S.L. (Sociedad Beneficiaria) asumirá los títulos de participaciones sociales de Global Wool Trade, S.L., Iberwool, S.L. y Lanas de Extremadura, S.L. que la Sociedad escindida tiene en propiedad y; Digalo, S.L. asumirá el resto de los activos y pasivos de la Sociedad escindida, entre los cuales incluyen activos y pasivos inmobiliarios, así como acciones del mercado bursátil.
Se hace constar el Derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión, así como el Derecho de oposición que corresponde a los acreedores, todo ello, en los términos establecidos en el artículo 10 del RDLME 5/2023, de 28 de junio, que deroga la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Madrid, 7 de agosto de 2025.- La Administradora Única de la Sociedad Transportes Gallego Lopez, S.A, Maria Concepción Gallego Muñoz.
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