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Conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del vigente Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que, entre otros, se traspone la Directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales (en adelante, "RDL 5/2023"), se hace público que con fecha 11 de agosto de 2025 las Juntas Generales Universales de socios de "FORMAS INOXMAN, S.L." (sociedad totalmente escindida y "MANTIÑÁN LESTAYO, S.L." (sociedad beneficiaria preexistente) aprobaron por unanimidad la escisión total de "FORMAS INOXMAN, S.L." mediante la transmisión de dos bloques patrimoniales, uno a la sociedad preexistente "MANTIÑÁN LESTAYO,S.L." y otro a la sociedad de nueva creación "SOGECAPELOS, S.L." en los términos y condiciones contenidos en el proyecto de escisión suscrito por los órganos de administración en fecha 30 de junio de 2025 y con arreglo a los balances de escisión cerrados a 31 de diciembre de 2024.
A cambio, los socios de la sociedad escindida recibirán un número de participaciones sociales de las sociedades beneficiarias proporcional al porcentaje de participación que ostentaban en la sociedad escindida, por lo que esta modificación estructural se acogerá al régimen simplificado del artículo 71.1 del RDL 5/2023.
En virtud del artículo 9 del RDL 5/2023, al haberse adoptado el acuerdo de escisión en Junta universal y por unanimidad de todos los socios y por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 71 del RDL 5/2023, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión, ni es necesario el Informe de los administradores y de expertos independientes sobre el mismo, así como tampoco el balance de escisión.
De acuerdo con el artículo 10.1 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, del proyecto y de los balances de escisión.
Carral, 11 de agosto de 2025.- Administradora única de FORMAS INOXMAN,SL (sociedad escindida), Yolanda Mantiñán González.
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