Contido non dispoñible en galego
De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta de las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea y disposiciones concordantes ("LME"), se hace público que en fecha 25 de junio de 2025, se aprobó por unanimidad de los socios de COAGENER SOLUCIONES TÉCNICAS INTEGRALES, S.L. -reunidos en Junta General Universal- y, por el Socio único de ZAVIAL SOLAR SL -ejerciendo las competencias de Junta General-, la fusión por absorción de ZAVIAL SOLAR SL ("la SOCIEDAD ABSORBIDA") por COAGENER SOLUCIONES TÉCNICAS INTEGRALES, S.L. (la "SOCIEDAD ABSORBENTE") con la entera transmisión en bloque del patrimonio de la SOCIEDAD ABSORBIDA, que se extinguirá sin liquidación, y la sucesión universal de sus derechos y obligaciones a la SOCIEDAD ABSORBENTE, todo ello según los términos del Proyecto Común de Fusión suscrito por los órganos de administración de ambas sociedades.
Teniendo en cuenta que la SOCIEDAD ABSORBIDA está participada de forma íntegra y directa por la SOCIEDAD ABSORBENTE, la fusión será considerada como un supuesto de fusión por absorción de sociedad íntegramente participada en los términos previstos en el artículo 53 de la LME.
La fusión ha sido aprobada por el acuerdo unánime de fusión contemplado en el artículo 9 de la LME, no siendo por tanto preceptivo el depósito y publicación previa de los documentos legalmente exigidos, los cuales se incorporarán a la escritura de fusión. Todo ello, sin perjuicio del cumplimiento del derecho de información de los trabajadores, conforme a lo legalmente dispuesto.
De conformidad con el Artículo 10 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión, en el domicilio social de las sociedades que participan en la fusión.
Alcalá de Guadaíra (Sevilla), 7 de agosto de 2025.- El Secretario del Consejo de Administración de Coagener Soluciones Técnicas Integrales, SL (Dogma Abogados Y Economistas SL) representado por Don Ramón Valencia Clarés y el Administrador Único de Zavial Solar, SL (Coagener Soluciones Técnicas Integrales, Sl) representado por Don Pablo Rafael Gómez Falcón, .
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