Edukia ez dago euskaraz

Zu hemen zaude

Documento BORME-C-2025-4690

RENTAS NOBLEJAS 3, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA)

CHARMING STAY, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 148, páginas 5814 a 5814 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-4690

TEXTO

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público que las respectivas Juntas Generales de socios de las sociedades RENTAS NOBLEJAS 3, S.L. (sociedad escindida) y CHARMING STAY, S.L.U., (sociedad beneficiaria), en sus respectivas reuniones de 4 de agosto de 2025, acordaron por unanimidad en cada una de las sociedades la escisión parcial en los términos previstos en el Proyecto Común de Escisión Parcial de fecha 30 de junio de 2025, razón por la cual RENTAS NOBLEJAS 3, S.L. segrega una parte de su patrimonio que se concreta en la totalidad de las participaciones sociales de la entidad CHARMING STAY, S.L.U., sin extinguirse, traspasando en bloque la parte segregada, a la propia sociedad íntegramente participada, CHARMING STAY, S.L.U., atribuyéndose a los socios de la sociedad escindida, estos son, D. Antonio Quintero Naranjo, Dña. María Ternero Aguilar, Dña. Estefanía Quintero Ternero, D. Antonio Quintero Ternero, Dña. María Lorena Quintero Ternero y D. Iván Quintero Ternero, por sucesión, a título universal, todos los derechos y obligaciones del patrimonio segregado, esto es, la totalidad de las participaciones sociales de CHARMING STAY, S.L.U.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de escisión en los términos del artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023 en el domicilio social de las mismas, no existiendo balance de escisión en los términos del artículo 71 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio.

Asimismo, se hace constar el derecho de protección a los socios y de oposición que asiste a los acreedores de ambas sociedades, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de escisión, en los términos de los artículos 12 y 13 del Real Decreto-Ley 5/2023.

Málaga, 4 de agosto de 2025.- Secretario del Consejo de Administración de ambas sociedades, Dª. María Ternero Aguilar.

subir

Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia

Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril