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Documento BORME-C-2025-4658

ADMINISTRACIÓN INTEGRAL CASTELLÓN, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

CS TRANSITARIOS, S.L. (SOCIEDAD SEGREGADA Y ABSORBIDA)

CST GLOBAL TRANSIT, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 147, páginas 5778 a 5778 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2025-4658

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición, entre otras, de la Directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (la «LME»), se hace público que las respectivas juntas generales de socios de las sociedades Administración Integral Castellón, S.L. (la «Sociedad Absorbente»), CS Transitarios, S.L. (la «Sociedad Segregada» y «Sociedad Absorbida») y CST Global Transit, S.L. (la «Sociedad Beneficiaria») (todas ellas, las «Sociedades») aprobaron el día 31 de julio de 2025 la operación mediante la cual (i) CS Transitarios, S.L segrega una parte de su negocio a favor de CST Global Transit, S.L. y, de manera simultánea, (ii) CS Transitarios, S.L. y Administración Integral Castellón, S.L. se fusionan, siendo la primera la sociedad absorbida y la última la sociedad absorbente. En el momento de la inscripción de la operación, la Sociedad Beneficiaria modificará su denominación social y pasará a tener la actual denominación social de la Sociedad Segregada y Absorbida, esto es, CS Transitarios, S.L., que quedará extinguida.

En la medida en que las Sociedades son todas ellas sociedades participadas de forma directa o indirecta por los mismos socios, y que la operación ha sido aprobada por acuerdo unánime de la junta general de socios de cada una de las Sociedades, la segregación y fusión simultanea se ha aprobado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 53.1 de la LME, por remisión del artículo 56.1 de la LME.

El proyecto común de segregación y fusión simultánea y toda la información exigida por la LME ha sido puesta a disposición de los trabajadores en el domicilio social de las Sociedades, junto con la restante documentación prevista en el artículo 46 de la LME.

De conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la LME, se hace constar expresamente el derecho de los socios y de los acreedores de las Sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos de segregación y fusión adoptados, así como de los balances de segregación y fusión, dirigiéndose al domicilio social de cualquiera de las Sociedades.

En Castellón de la Plana, 31 de julio de 2025.- D. Ernesto Manuel Casas Breva, En calidad de administrador solidario de CS Transitarios, S.L., CST Global Transit, S.L., y Administración Integral Castellón, S.L.

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