Está Vd. en

Documento BORME-C-2025-4659

COMPRESORES DEL SUR SA

Publicado en:
«BORME» núm. 147, páginas 5779 a 5780 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2025-4659

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 346.1 a) y 348 de la Ley de Sociedades de Capital y demás disposiciones aplicables, se hace constar que la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de COMPRESORES DEL SUR, S.A., celebrada en segunda convocatoria, en fecha 27 de julio de 2025, con domicilio social en Sevilla, Polígono Industrial La Negrilla, Tercera avenida, calle Celulosa, nave 7, con C.I.F. A41131012, se acordó por unanimidad del capital social asistente (titular del 78% del capital social suscrito con derecho a voto, así como un 4% del que le corresponde un derecho de usufructo con derecho de voto), la ampliación de las actividades que integran el objeto social, con la consiguiente modificación del artículo 2º de los estatutos sociales, el cual, queda en lo sucesivo redactado de la forma siguiente:

ARTICULO 2º.- Constituye el objeto social:

- la comercialización y venta de máquinas industriales.

- la reparación y mantenimiento de toda clase de maquinaria industrial.

- Compra y venta de repuestos de toda clase de maquinaria industrial.

- Alquiler de maquinaria industrial.

- Instalaciones de aire comprimido.

- Compra, venta y alquiler de todo tipo de inmuebles.

Dichas actividades podrán ser desarrolladas en forma parcial e indirectamente mediante la titularidad de acciones o participaciones de Sociedades de idéntico o análogo objeto.

n el supuesto de que para el desarrollo de alguna de las actividades que conforman el objeto social fuera necesaria la obtención previa de autorización administrativa, la sociedad no podrá desarrollar dicha actividad hasta no obtener la pertinente autorización.

Quedan excluidas aquellas actividades para las que la Ley exija requisitos especiales, no pudiendo iniciarse aquellas hasta que se cumplan dichos requisitos, incluido, en su caso, la correspondiente inscripción en Registros Públicos o Administrativos.

Si entre las actividades comprendidas en el objeto social existe, en su caso, alguna o algunas que requieren titulación profesional, respecto de las mismas la sociedad se constituye como de intermediación, quedando excluidas éstas del ámbito de aplicación de la Ley 2/2007, de 15 de marzo.

Si la realización de su objeto social requiere, legal o contractualmente, cualquier titulación, autorización, convalidación o colegiación, de la actividad implicada se materializará en personas físicas que reúnan las condiciones habilitantes para hacerlo, y que se encuentren ligadas a la sociedad por cualquier vínculo hábil en Derecho.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios que no hubieran votado a favor del acuerdo de modificación o, de los accionistas sin voto, a separarse de la sociedad, en los términos y plazos previstos legalmente, debiéndose ejercer este derecho por escrito en el plazo de un mes a contar desde la publicación del acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 346.1.a) y 348 de la Ley de Sociedades de Capital.

Los socios y acreedores podrán obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado en el domicilio social de la entidad.

Sevilla, 31 de julio de 2025.- El Administrador Único, Rafael Antonio Izquierdo Avesada.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid