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Documento BORME-C-2025-4570

CAMPODULCE CURADOS, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)



INTERCAMBIOS DE DERIVADOS PORCINOS, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 145, páginas 5680 a 5681 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-4570

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023 (el "RDL 5/2023"), se hace público que el Accionista Único de la mercantil Campodulce Curados, S.A.U., compareció en el domicilio social de dicha sociedad el día 21 de julio de 2025, y acordó aprobar la fusión (la "Fusión") entre Campodulce Curados, S.A.U. ("Campodulce" o "Sociedad Absorbente") e Intercambios de Derivados Porcinos, S.L.U. ("Sociedad Absorbida") mediante la absorción de ésta por la primera, de tal forma que una vez consumada la Fusión, la Sociedad Absorbida se extinguirá y transmitirá en bloque todos sus derechos y obligaciones a Campodulce que, a su vez, adquirirá por sucesión universal dichos derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida. Asimismo, se cancelarán todas las acciones y participaciones sociales que integran el capital social de la Sociedad Absorbida.

La Fusión ha sido aprobada conforme al proyecto común de fusión redactado, por los Órganos de Administración de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, el día 4 de junio de 2025 (el "Proyecto de Fusión").

Al estar la Sociedad Absorbida íntegramente participada por el accionista único de la Sociedad Absorbente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56 del RDL 5/2023, la Fusión seguirá el régimen simplificado previsto en el artículo 53 del RDL 5/2023 y, en consecuencia: (i) no es necesaria la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones relativas al tipo de canje de las participaciones, a las modalidades de entrega de las acciones de la sociedad resultante al socio único de la Sociedad Absorbida, a la fecha de participación en las ganancias sociales de la sociedad resultante o a cualesquiera peculiaridades relativas a este derecho o a la información sobre la valoración del activo y pasivo del patrimonio de cada sociedad que se transmite a la sociedad resultante o a las fechas de las cuentas de las sociedades que se fusionan; (ii) no procede aumentar el capital social de la Sociedad Absorbente; y (iii) no es necesaria la aprobación de la Fusión por el socio único de la Sociedad Absorbida.

Los balances de fusión, utilizados para establecer las condiciones de la Fusión, son los cerrados a 31 de diciembre del 2024, formulados por los Órganos de Administración de las sociedades participantes en la Fusión el día 31 de marzo de 2025, debidamente auditados.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas/socios y a los acreedores de las Sociedades, Absorbente y Absorbida, de obtener, de forma gratuita, el texto íntegro del acuerdo adoptado por el Accionista Único de la Sociedad Absorbente, de los balances de fusión y del Proyecto de Fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las sociedades participantes en la Fusión.

Para el ejercicio de los derechos referidos, las comunicaciones deberán dirigirse a la siguiente dirección:

Campodulce Curados, S.A.U., al Polígono Industrial el Campillo, Parcela 75 (Zuera - Zaragoza), a la atención de la Administradora Única, Dña. María del Carmen Samper Rivas.

Intercambios de Derivados Porcinos, S.L.U., a la Avenida Academia General Militar, número 52 (Zaragoza), a la atención de la Administradora Única, Dña. María del Carmen Samper Rivas.

Zaragoza, 29 de julio de 2025.- Administradora Única, María del Carmen Samper Rivas.

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