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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (el "RDL 5/2023"), se hace público que el día 23 de julio de 2025 la Junta General de Comercia Global Payments, E.P., S.L. ("Comercia"), y el socio único de (i) EPG Support España, S.L.U. ("EPG"), y (ii) Clear One, S.L.U. ("CLEO", y, junto con Comercia y CLEO, las "Sociedades") han aprobado la fusión por absorción de EPG y CLEO por parte de Comercia, con extinción, vía disolución sin liquidación, de EPG y CLEO, y transmisión en bloque de todo su patrimonio a Comercia, que adquirirá, por sucesión universal, la totalidad de los derechos, obligaciones y relaciones jurídicas de EPG y CLEO. El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión suscrito por los órganos de administración de las Sociedades.
Resulta de aplicación a la fusión el régimen simplificado previsto en el artículo 53 del RDL 5/2023 por tratarse de un supuesto de absorción de dos filiales íntegramente participadas. Asimismo, la fusión se acoge al artículo 9 del RDL 5/2023 al haberse aprobado por el socio único de EPG y CLEO y la Junta General de Comercia.
De conformidad con el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, que se encuentran a su disposición en el domicilio social correspondiente.
Madrid, 24 de julio de 2025.- D. Juan Morla Tomas, Apoderado de Comercia y administrador único de EPG Support España, S.L.U y Clear One, S.L.U.
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