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Documento BORME-C-2025-4354

3AV ARRENDAMIENTOS, S.L.

(SOCIEDAD ESCINDIDA)

JUNCADIESEL ENERGÍA, S.L.

MULHACEN INVERSIONES Y ARRENDAMIENTOS, S.L.

(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 139, páginas 5435 a 5435 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-4354

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio ("RDL 5/2023"), por remisión del artículo 63 RDL 5/2023, se hace público que el día 21 de julio de 2025 las juntas generales extraordinarias y universales de socios de "3AV Arrendamientos, S.L." -con NIF B-19561216 e inscrita en el Registro Mercantil de Granada al tomo 1540, folio 209, hoja GR- 45464- (la "Sociedad Escindida"), "Juncadiesel Energía, S.L." -con NIF B-19673250 e inscrita en el Registro Mercantil de Granada al tomo 1675, folio 203, hoja GR-52173-, y "Mulhacen Inversiones y Arrendamientos, S.L." -con NIF B-70983374 e inscrita en el Registro Mercantil de Granada bajo la hoja GR-61.365- (conjuntamente con "Juncadiesel Energía, S.L.", las "Sociedades Beneficiarias" y, junto con la Sociedad Escindida, las "Sociedades Participantes") han aprobado por unanimidad la escisión total de la Sociedad Escindida a favor de las Sociedades Beneficiarias en los términos establecidos en el proyecto de escisión redactado y suscrito por los órganos de administración de las Sociedades Participantes el día 30 de junio de 2025.

La escisión total implica la extinción sin liquidación de la Sociedad Escindida mediante la transmisión en bloque y por sucesión universal del patrimonio de la Sociedad Escindida a las Sociedades Beneficiarias, conforme a la distribución establecida en el proyecto de escisión, y la atribución de participaciones de las Sociedades Beneficiarias a los socios de la Sociedad Escindida, en proporción a su respectiva participación en la misma.

Se pone de manifiesto que la presente operación de escisión se ha llevado a cabo de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 9 RDL 5/2023, por remisión del artículo 63 RDL 5/2023, por aprobarse la operación de escisión por unanimidad de los socios con derecho de voto y en junta universal de las Sociedades Participantes.

En atención al artículo 10 RDL 5/2023, por remisión del artículo 63 RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades Participantes de obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado, así como los respectivos balances de escisión.

En Albolote (Granada), 21 de julio de 2025.- D. Víctor Moreno García, Administrador Único de 3AV Arrendamientos, S.L., y Administrador Único de Juncadiesel Energía, S.L, D. Antonio David Moreno García, Administrador Único de Mulhacen Inversiones y Arrendamientos, S.L.

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