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Documento BORME-C-2025-4324

TRÉBOL SALONES DE JUEGO, S.L.U.

(SOCIEDAD SEGREGADA)

TRÉBOL SALONES ALCALÁ, S.L.U.

(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 138, páginas 5399 a 5399 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-4324

TEXTO

Conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,de 28 de junio, por el que, entre otras cuestiones, se adoptan determinadas, medidas de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante "RDLME"), se hace público que, con fecha 30 de junio de 2025, la junta general universal y extraordinaria de socios de la mercantil Trébol Salones De Juego, S.L.U. (la "Sociedad Segregada"), ha aprobado por unanimidad la segregación de una unidad de negocio a favor de la sociedad beneficiaria denominada Trébol Salones Alcalá, S.L.U. (la "Sociedad Beneficiaria"), íntegramente participada por la Sociedad Segregada, en los términos establecidos en el proyecto de segregación conjunta de fecha 31 de mayo de 2025.

La operación implica la segregación de la parte del patrimonio de la Sociedad Segregada vinculada al Negocio Alcalá y su transmisión en bloque y por sucesión universal a la Sociedad Beneficiaria, conforme a lo establecido en el ya mencionado proyecto de segregación.

En virtud del artículo 9 del RDLME, al haberse adoptado el acuerdo de segregación en Junta universal y por unanimidad de todos los socios de la sociedad segregada y por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 71 de Ia misma norma, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de segregación ni es necesario el informe de los Administradores sobre el mismo, ni el informe de experto independiente.

De acuerdo con lo previsto en el último inciso del artículo 10.1 RDLME, se hace constar el derecho que asiste a los socios, y a los acreedores, así como, en su caso, a los representantes de los trabajadores de la Sociedad Segregada a obtener el texto íntegro del acuerdo de segregación adoptado y el balance de segregación, así como el derecho de oposición que pueda corresponder a los acreedores en el plazo y términos previstos en el RDLME.

Murcia, 15 de julio de 2025.- El Consejero Delegado de Trébol Salones De Juego, S.L.U., D. Eliseo Orenes Baño y el Administrador único de Trébol Salones Alcalá, S.L.U., D. Juan Antonio González Sánchez.

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