De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 53 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio por el que se aprueba el régimen jurídico aplicable a las modificaciones estructurales de sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que con fecha 24 de junio de 2025, la Junta general de accionistas de SOCIEDAD GALLEGA DE CARRETILLAS, S.A. ("Sociedad Absorbente"), ha acordado por unanimidad y en sesión universal aprobar la fusión por absorción de su filial cien por cien participada INTRALOGÍSTICA AUTOMATIZACIÓN TECNOLÓGICA CONSULTORÍA, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida", conjuntamente con la Sociedad Absorbente, las "Sociedades a Fusionar"), en los términos establecidos en el proyecto común de fusión formulado conjuntamente por los órganos de administración de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida en fecha 13 de mayo de 2025, que no ha sido preciso depositar en el Registro Mercantil.
La fusión implica la transmisión en bloque, a título universal, del patrimonio íntegro de la Sociedad Absorbida a favor de la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, produciéndose la extinción, vía disolución sin liquidación de ésta.
A los efectos de lo establecido en los artículos 10 y 13 LME, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como de los respectivos balances de fusión y, en el caso de los acreedores, que estos disponen del régimen de protección previsto en el artículo 13 LME.
Nigrán, 24 de junio de 2025.- El Vocal del Consejo de Administración de Sociedad Gallega de Carretillas, S.A., y representante persona física de Sociedad Gallega de Carretillas, S.A., Administrador único de Intralogística Automatización Tecnológica Consultoría, S.L.U., debidamente facultado al efecto, Jaime Gener Bover.
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