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Documento BORME-C-2025-248

UCO SA POBLA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 17, páginas 307 a 307 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2025-248

TEXTO

Según lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC) se hace público que la Junta General Universal de accionistas de UCO SA POBLA, S.A. (en adelante, la "Sociedad"), celebrada el 16 de diciembre de 2024, adoptó por unanimidad el acuerdo de reducir el capital social, con la finalidad de la devolución de aportaciones a los socios, en un importe total de 48.080’97 euros, mediante la amortización de 8.000 acciones de 6,010121 euros de valor nominal cada una. Con motivo del acuerdo de reducción de capital de la sociedad, el nuevo capital social pasa a estar representado por 24.000 acciones, totalmente suscritas y desembolsadas de 6,010121 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas de la 1 al 24.000, ambos inclusive, lo que representa un capital social total de 144.242,90 euros, totalmente suscrito y desembolsado, modificándose en consecuencia el artículo 6º de los Estatutos sociales. La finalidad de la reducción es devolver el valor de sus aportaciones a los dos accionistas titulares de las acciones objeto de amortización.

Se cumplen los requisitos establecidos en la Ley de Sociedades de Capital, en particular los artículos 293, 329 y 330.

Por lo que se refiere al plazo de ejecución de los acuerdos de reducción, dicha modificación estatutaria tiene eficacia inmediata por la sola voluntad de la Junta General (sin perjuicio de los actos de formalización que competen al órgano de administración). Por lo que se refiere al plazo de ejecución de los acuerdos de reducción, dicha modificación estatutaria tiene eficacia inmediata por la sola voluntad de la Junta General (sin perjuicio de los actos de formalización que competen al órgano de administración), dado que no existe derecho de oposición de los acreedores a la reducción de capital, ya que conforme al artículo 335.c) del TRLSC se ha aprobado unánimemente lo siguiente: a) Efectuar la reducción con cargo a reservas de libre disposición, y b) Destinar un importe equivalente al valor nominal de las acciones objeto de amortización (48.080’97 euros), a una reserva de la que solo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción del capital.

Sa Pobla, 16 de diciembre de 2024.- Secretario del Consejo de Administración, Juan Llobera Serra.

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