De conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 y 60 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante, "RDL 5/2023"), se hace público que el socio único de SOLUTIO SOLUCIONES TECNOALIMENTARIAS S.L., ejerciendo las competencias de la Junta General, acordó en fecha 12 de mayo de 2025 la escisión parcial financiera de la sociedad, en virtud de la cual traspasará, sin extinguirse, una parte de su patrimonio social, consistente en la totalidad de sus participaciones en la mercantil MOMSA ACTIVOS INMOBILIARIOS S.L.U., de la cual ostenta el 100% del capital social, a favor de la sociedad SOLUTIO GRUPO TECNOALIMENTARIO S.L. de nueva creación, que la adquirirá por sucesión a título universal, subrogándose en todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido, todo ello de conformidad con el Proyecto de Escisión parcial redactado y suscrito por el Administrador Único de SOLUTIO SOLUCIONES TECNOALIMENTARIAS S.L.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 9 del RDL 5/2023, al haberse acordado la escisión por el socio único no es necesario publicar o depositar previamente el Proyecto de Escisión ni es necesario el informe de los Administradores sobre el mismo.
Asimismo, resulta de aplicación el régimen simplificado recogido en el artículo 71 del RD-L 5/2023, dado que la totalidad de las participaciones de la Sociedad Beneficiaria se atribuyen al Socio Único de la Sociedad Escindida, no siendo necesario el informe de los administradores sobre el Proyecto de Escisión, ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el Balance de escisión.
De conformidad con lo establecido en el citado RDL 5/2023, se hace constar el derecho de los acreedores y representantes de los trabajadores de la sociedad escindida de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados.
Se informa igualmente a los acreedores de su derecho de oponerse a la escisión parcial en el plazo y los términos previstos en el RDL 5/2023.
Lardero, 12 de mayo de 2025.- Administrador Unico, Carlos López Sáenz.
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