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En el cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023 de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, el "RDL"), se hace público que el día 11 de noviembre de 2024, las Juntas Generales Universales y Extraordinarias de PASIÓN TROPICAL, S.L.U., (en adelante, "la Sociedad Absorbente") y MONTEMAR 2013, S.L., (en adelante, "la Sociedad Absorbida") acordaron por unanimidad la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida en favor de la Sociedad Absorbente, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión suscrito por los respectivos órganos de administración con fecha 11 de noviembre de 2024 y con base en los balances de las sociedades implicadas en la operación cerrados a 31 de agosto de 2024.
Se pone de manifiesto que, la presente operación de fusión le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 53.1 por remisión del artículo 56 del RDL, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbida es titular de forma directa del 100% del capital social de la Sociedad Absorbente.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del RDL y dado que el acuerdo de fusión se aprobó en Junta General Universal de las sociedades que participan en la fusión y por unanimidad de los socios, no resultó necesaria la previa publicación o depósito del proyecto de fusión, ni los restantes documentos exigidos por la ley, ni publicar anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones, ni informe de los administradores sobre el proyecto.
Por último, de conformidad con el artículo 10 del RDL, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades implicadas en la operación a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y los balances presentados.
Las Palmas de Gran Canaria, 12 de noviembre de 2024.- El Administrador Solidario de Pasión Tropical, S.L.U. y de Montemar 2013, S.L., Don Francesco Mazzoni.
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