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Documento BORME-C-2023-7082

HALFIL DINAMICA INTERNACIONAL, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NUEVA DIMENSION INFORMATICA, SOCIEDAD LIMITADA., 3D MEETINK CONSUMIBLES MADRID, SOCIEDAD LIMITADA., MEGAFUERZA DINAMICA, SOCIEDAD LIMITADA., ESFERA DIRECTA, SOCIEDAD LIMITADA., LINEA RECTA SUMINISTROS, SOCIEDAD LIMITADA., SOLUCIONES METROPOL, SOCIEDAD LIMITADA., ARISTA IDEAL, SOCIEDAD LIMITADA., FUTUR DIEZMO, SOCIEDAD LIMITADA., (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 225, páginas 8475 a 8476 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-7082

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio ("RDL 5/2023"), se anuncia que el día 31 de octubre de 2023, la Junta general extraordinaria y universal de socios de Halfil Dinamica Internacional, S.L. (la "Sociedad Absorbente"), aprobó la fusión por absorción en los términos previstos en el Proyecto Común de Fusión de fecha 31 de octubre de 2023 de las sociedades íntegramente participadas Nueva Dimensión Informatica, S.L., 3D Meetink Consumibles Madrid, S.L., Megafuerza Dinamica, S.L., Esfera Directa, S.L., Linea Recta Suministros, S.L., Soluciones Metropol, S.L., Arista Ideal, S.L., Futur Diezmo, S.L. (las "Sociedades Absorbidas") siguiendo el procedimiento previsto en el artículo 53 del referido Real Decreto-Ley, en virtud del cual Halfil Dinamica Internacional, S.L., absorbe a Nueva Dimension Informatica, S.L., 3D Meetink Consumibles Madrid, S.L., Megafuerza Dinamica, S.L., Esfera Directa, S.L., Linea Recta Suministros, S.L., Soluciones Metropol, S.L., Arista Ideal, S.L., Futur Diezmo, S.L., con disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la Sociedad Absorbente (la "Fusión").

La Fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del RDL 5/2023, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de las Sociedades Absorbidas, considerándose como un supuesto de fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas, pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones especiales. De conformidad con lo previsto en el artículo 9 del RDL 5/2023, no ha sido necesaria la publicación y depósito previo de los documentos exigidos por la ley.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de fusión y balance de fusión en los términos del artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de la sociedad, donde podrán consultarlos o solicitar su entrega o envío gratuitos.

Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.

Se hace constar el derecho de protección a los socios y de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos 13 y 14 del Real Decreto-Ley 5/2023.

Madrid, 23 de noviembre de 2023.- El Administrador Único de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas, Don Jose Ignacio de la Macorra Susanna.

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