Está Vd. en

Documento BORME-C-2023-4324

ACEITES ROSÁN, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
AGRÍCOLA DONADIO, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 120, páginas 5292 a 5292 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-4324

TEXTO

De conformidad con los artículos 43 y 73.1 Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante LME), se hace público que la Junta Universal de "ACEITES ROSÁN, S.L." (sociedad parcialmente escindida), celebrada el 18 de mayo de 2023, acordó, por unanimidad, la escisión parcial sin extinción de "ACEITES ROSÁN, S.L.", mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio, a la sociedad beneficiaria y de nueva creación "AGRÍCOLA DONADIO, S.L." (sociedad beneficiaria) la cual se constituirá simultáneamente, adquiriendo por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido y adjudicando a los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación, todo ello de conformidad con el Proyecto de Escisión Parcial redactado y suscrito por el Órgano de Administración de "ACEITES ROSÁN, S.L.". La escisión se realiza mediante la transmisión en bloque de una parte del patrimonio de la sociedad escindida, la cual conforma una unidad económica autónoma e independiente, consistente en una explotación de cultivo de almendra, a favor de la sociedad beneficiaria de nueva creación "AGRÍCOLA DONADIO, S.L.".

Conforme al artículo 42 LME, al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios de la sociedad escindida es de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 78 bis LME. Se hace constar que el acuerdo de escisión parcial contiene el detalle de los elementos de activo y pasivo que componen el patrimonio escindido transmitido a la sociedad beneficiaria "AGRÍCOLA DONADIO, S.L.".

Como consecuencia de la escisión parcial, la sociedad escindida "ACEITES ROSÁN, S.L.", no reducirá su capital social. Se hace constar expresamente la puesta a disposición de los socios y trabajadores de las sociedades que intervienen en la escisión parcial de la documentación prevista en el artículo 39 LME, también que los acreedores de la sociedad escindida podrán obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y que les asiste el derecho de oposición a la escisión parcial, durante el transcurso de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la escisión parcial, en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Córdoba, 18 de mayo de 2023.- El Administrador único, José Ramón de la Rosa Pérez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid