Está Vd. en

Documento BORME-C-2023-4141

PROMOVEN XXI, S.L.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
MDPROMOVEN, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 114, páginas 5075 a 5075 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-4141

TEXTO

Anuncio de Segregación

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante LME), por remisión del artículo 73.1 del mismo texto legal, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de Socios de PROMOVEN XXI, S.L. (Sociedad segregada) y MDPROMOVEN, S.L. (Sociedad beneficiaria) celebradas con carácter universal el 15 de marzo de 2023, aprobaron por unanimidad la segregación de una parte del patrimonio social de PROMOVEN XXI, S.L., el cual forma una unidad económica independiente, y que se traspasa en bloque a favor de la sociedad beneficiaria MDPROMOVEN, S.L., adquiriendo por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de dicho patrimonio segregado, en los términos y condiciones previstos en el Proyecto Común de Segregación aprobado.

El acuerdo de Segregación se ha adoptado en base al Proyecto Común de Segregación aprobado por los Órganos de Administración de ambas Sociedades en fecha 15 de marzo de 2023, sirviendo de base para la operación los Balances de ambas Sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2022.

Al haberse adoptado el acuerdo de Segregación en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios de ambas sociedades, no es necesario publicar o depositar previamente el Proyecto de Segregación ni es necesario el informe de los Administradores sobre el mismo ni informe de expertos independientes, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 42 y 73 de la LME.

Se hace constar que el acuerdo de segregación contiene el detalle de los elementos de activo y pasivo que componen el patrimonio segregado transmitido a la sociedad beneficiaria MDPROMOVEN, S.L.

De conformidad con el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores a obtener el texto íntegro de los acuerdos de Segregación adoptados y del balance de segregación, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de la Sociedad Segregada. Asimismo, se hace constar el derecho de oposición a la Segregación que pueden ejercer los acreedores de la Sociedad Segregada cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de los acuerdos de Segregación, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de la Segregación de conformidad con el citado artículo 44 de la LME.

Igualmente se hace constar la puesta a disposición de los socios y trabajadores de los documentos a que hace referencia el artículo 39 LME.

Barcelona, 12 de junio de 2023.- EL Administrador único de Promoven XXI, S.L. y MDPromoven, S.L, D. Domingo Sánchez Carrillo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid