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Documento BORME-C-2022-5343

MIZAR HEALTH, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) Y FM CONTROL, S.L. UNIPERSONAL, EMEDICA, S.L. UNIPERSONAL Y MIZAR ADDITIVE MANUFACTURING, S.L. UNIPERSONAL (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 144, páginas 6454 a 6455 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-5343

TEXTO

ANUNCIO DE FUSIÓN POR ABSORCIÓN

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que el día 30 de junio de 2022, la Junta General de la Sociedad Mizar Health, S.L. (Sociedad Absorbente) y el Socio único de las Sociedades FM Control, S.L. Unipersonal, Emedica, S.L. Unipersonal y Mizar Additive Manufacturing, S.L. Unipersonal (Sociedades Absorbidas) han decidido atendiendo a lo establecido en el artículo 42 de la LME, la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de FM Control, S.L. Unipersonal, Emedica, S.L. Unipersonal y Mizar Additive Manufacturing, S.L. Unipersonal (Sociedades Absorbidas), a favor de Mizar Health, S.L. (Sociedad Absorbente), quien adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de las mismas, en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de las Sociedades Absorbidas y Absorbente de fecha 6 de junio de 2022, el cual, a pesar de no ser preceptivo, ha sido objeto de depósito en el Registro Mercantil de Álava. Dicha fusión ha sido aprobada sobre la base de los Balances de las cuatro sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2021.

Asimismo, en aplicación de lo previsto en el artículo 42 LME, las Sociedades Absorbente y Absorbidas han adoptado los acuerdos de Fusión en Junta Universal y por unanimidad, no siendo preciso (i) publicar o depositar el Proyecto de Fusión ni los restantes exigidos por la LME con carácter previo a la aprobación de la Fusión, así como tampoco (ii) el informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión, respetándose en todo caso los derechos de información expresamente recogidos en el artículo 42.2 LME.

A la vista de la situación patrimonial de las compañías absorbidas con un patrimonio neto igual a cero en cada una de las tres Sociedades Absorbidas, no existirá ecuación de canje de la fusión y por lo tanto no se emitirán nuevas participaciones sociales de la Sociedad Absorbente. En consecuencia los actuales fondos propios de las Sociedades Absorbidas se contabilizaran como "reservas de fusión" y por lo tanto, no procederá aumento de capital en sede de la Absorbente. Conforme al artículo 34.1ª de la LME, no es necesario el informe de expertos sobre el proyecto de fusión ya que ninguna de las sociedades que participan en la fusión es anónima o comanditaria por acciones.

En consecuencia, se procede a la disolución sin liquidación y traspaso en bloque del patrimonio social de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente, la cual se subrogará en todos los derechos y obligaciones inherentes a los patrimonios de las sociedades absorbidas.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de las mencionadas sociedades a examinar en los domicilios sociales de éstas o a pedir la entrega o envío gratuito de copia de los documentos que se relacionan en el artículo 39 de la LME, así como a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados. Del mismo modo se hace constar el derecho que asiste a los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 44 y concordantes de la LME, de oponerse a la fusión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Vitoria-Gasteiz, 25 de julio de 2022.- El Administrador único de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas, Grupo Empresarial Alcor, S.L. representada por Don Gaizka Balendin Grajales Jiménez.

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