Está Vd. en

Documento BORME-C-2021-5138

PREST PROMOTORA RESTAURACIÓN, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AGRES AGRUPACIÓN RESTAURADORES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 131, páginas 6342 a 6342 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-5138

TEXTO

Conforme a lo previsto en el art. 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se comunica que con fecha 15 de abril de 2021, el socio único de la sociedad PREST PROMOTORA RESTAURACIÓN, S.L., ha acordado la fusión por absorción de AGRES AGRUPACIÓN RESTAURADORES, S.L.U., por PREST PROMOTORA RESTAURACIÓN, S.L., con la correspondiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, traspasando ésta en bloque todo su patrimonio a la sociedad absorbente, con la consiguiente asunción por parte de ésta de todos los bienes, derechos y obligaciones dimanantes del patrimonio de la sociedad absorbida.

Debido a que las sociedades participantes en la fusión son sociedades unipersonales de responsabilidad limitada o han tomado el acuerdo por unanimidad y de conformidad con lo previsto en el art. 42 de la referida Ley 3/2009, no ha sido necesario publicar o depositar los documentos exigidos por la ley, ni realizar informe de los administradores sobre el proyecto de fusión.

Asimismo, dado que la sociedad absorbente es titular directa de todas las participaciones en que se divide el capital social de la absorbida, y de conformidad con lo establecido en art. 49.1.4 de la Ley 3/2009, se hace constar que la fusión ha sido aprobada únicamente por la sociedad absorbente, sin que haya sido necesario contar con la aprobación de la fusión por la sociedad absorbida.

Asimismo se acordó solicitar el acogimiento de la fusión al régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores, regulado en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y el balance de fusión, así como el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes a oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión.

Madrid, 6 de julio de 2021.- El Administrador único de Prest Promotora Restauración, S.L., y de Agres Agrupación Restauradores, S.L.U., Pedro Larumbe Gorráitz.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid