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Documento BORME-C-2020-6987

CHEMAIPA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AQUILLAMEDI, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 221, páginas 8487 a 8487 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-6987

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, en lo sucesivo ("LME"), se hace público que, el día 6 de noviembre de 2020, el socio único de Aquillamendi, S.A.U. ("Sociedad Absorbida") y la Junta General Extraordinaria y Universal de Chemaipa, S.L. ("Sociedad Absorbente"), en ejercicio de sus competencias, han decidido, cada uno de ellos, aprobar la fusión por absorción de carácter simplificado en virtud de la cual la Sociedad Absorbida es la filial íntegramente participada por la Sociedad Absorbente, todo ello de conformidad con el Proyecto Común de Fusión redactado y firmado por la totalidad de los miembros de los órganos de administración de ambas compañías con fecha 12 de junio de 2020, depositado en el Registro Mercantil de Bizkaia. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, con extinción de la misma.

Se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 49 de la LME. En consecuencia, no resulta necesario para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto Común de Fusión de las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la LME, (ii) los informes de los administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión, (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente.

Finalmente, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos del artículo 44 de la LME.

Ondarroa, 12 de noviembre de 2020.- Las Administradoras Mancomunadas, Yolanda Arauco Osa e Izaskun Arauco Osa.

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