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Documento BORME-C-2018-786

PETROITALICA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BENURBAN, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
BENJUPATRI, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 39, páginas 923 a 923 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-786

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace público que las Juntas Generales de carácter Extraordinario de la Sociedad Absorbente y de la Absorbida, celebradas todas con carácter universal, en fecha 13 de febrero de 2018, aprobaron todas ellas por unanimidad la fusión por absorción de las mismas, mediante la absorción por parte de PETROITALICA, SOCIEDAD LIMITADA de las entidades, BENURBAN, SOCIEDAD LIMITADA y BENJUPATRI, SOCIEDAD LIMITADA con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y transmisión en bloque de sus patrimonios social a favor de la sociedad absorbente que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de las absorbidas, con el correspondiente aumento de capital de la entidad absorbente.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades a obtener el texto integro del acuerdo adoptado y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores a cada una de las sociedades a oponerse a la fusión, en los términos previstos en la citada Ley 3/2009, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio por el que se aprueba la fusión.

Sevilla, 15 de febrero de 2018.- El Administrador único de la Sociedad Absorbente Petroitálica, S.L., Miguel Ángel Benjumea Aroca; El Administrador único de las Sociedades Absorbidas Benurban, S.L. y Benjupatri, S.L., José Antonio Benjumea Aroca.

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