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Documento BORME-C-2018-6327

ENERGÍA Y GESTIÓN ASE, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 140, páginas 7407 a 7407 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2018-6327

TEXTO

Anuncio de aumento de capital y asunción de nuevas participaciones sociales.

A los efectos de lo previsto en el artículo 304 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, el Consejo de Administración de ENERGÍA Y GESTIÓN ASE, S.L. comunica que, en la Junta General Extraordinaria de la entidad, celebrada el 9 de julio de 2018, se adoptó, entre otros, el acuerdo de ampliar el capital social con cargo a aportaciones dinerarias con derecho de asunción preferente a favor de los socios en proporción a la participación de cada socio en la sociedad.

La ampliación de capital acordada asciende a seis mil quinientos veinte euros (6.520 €), mediante la creación de 6.520 nuevas participaciones sociales, con un valor nominal de un euro (1 €) cada participación social. La relación de cambio es de 1 participación nueva por cada 18,880368098 participaciones antiguas.

Las participaciones se crean por su valor nominal, sin prima de asunción de ningún tipo. Deben ser íntegramente desembolsadas mediante aportaciones dinerarias en el momento de su asunción y otorgarán a sus titulares los mismos derechos económicos y políticos que las ya existentes.

Cada socio que no hubiera transmitido sus derechos de asunción preferente antes de que finalice el plazo para ejercer dicho derecho de asunción conforme a esta ley, tiene derecho a asumir preferentemente un número de participaciones proporcional al valor nominal de las que posea. Dicho derecho se ejercitará en el plazo de un (1) mes a contar desde la publicación en el BORME del presente anuncio.

Para ejercitar dicho derecho los socios deberán realizar una transferencia bancaria a la cuenta corriente de la sociedad en la entidad "Caixabank", IBAN ES09 2100 4549 1302 0000 7100, por la cantidad que corresponda, debiendo indicar en el concepto "ampliación de capital" y enviar un justificante de dicho ingreso al Presidente del Consejo de Administración.

De acuerdo con el artículo 307 de la Ley de Sociedades de Capital, las participaciones no asumidas en el ejercicio del derecho de preferencia serán ofrecidas por el órgano de administración a los socios que lo hubieran ejercitado, para su asunción y desembolso en un plazo no superior a tres (3) días desde la conclusión del establecido para la asunción preferente. Si existieran varios socios interesados en asumir las participaciones ofrecidas, éstas se adjudicarán en proporción a las que cada uno tuviera ya en la sociedad.

Se prevé expresamente, conforme al artículo 310 de la Ley de Sociedades de Capital la posibilidad de aumento incompleto.

Bilbao, 16 de julio de 2018.- El Presidente del Consejo de Administración, D. Ramón López Muñoz.

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