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Documento BORME-C-2018-6308

HERRANZ CONCESIONARIOS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
HERRANZ MOTOR, S.A.
AUTO EUROPA, S.A.
AUTOMÓVILES HERRANZ, S.A.
HERRANZ INDUSTRIAL, S.A.
HERRANZ E HIJOS, S.L.U.,
LEMBATA HOLDING, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 140, páginas 7383 a 7383 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-6308

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "Ley 3/2009"), se hace público que el día 16 de julio de 2018, los Socios Únicos de Herranz Concesionarios, S.L.U., y Herranz e Hijos, S.L.U., y las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios de Herranz Motor, S.A., Auto Europa, S.A., Automóviles Herranz, S.A., Herranz Industrial, S.A. y Lembata Holding, S.L., han acordado por unanimidad la fusión de Herranz Concesionarios, S.L.U., como sociedad absorbente, y Herranz Motor, S.A., Auto Europa, S.A., Automóviles Herranz, S.A., Herranz Industrial, S.A., Herranz e Hijos, S.L.U., y Lembata Holding, S.L., como sociedades absorbidas, con la consiguiente extinción sin liquidación de estas últimas y la transmisión de sus patrimonios a favor de la sociedad absorbente, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, todo ello en los términos establecidos en el Proyecto Común de Fusión redactado y suscrito en fecha 29 de junio de 2018 por los respectivos órganos de administración de todas las sociedades participantes en la fusión.

De conformidad con lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, y se informa a los acreedores de las sociedades que se fusionan, cuyos créditos hubieran nacido antes de la fecha de publicación del acuerdo de aprobación de la fusión y no estuvieran vencidos en ese momento, y siempre que no estuvieran ya suficientemente garantizados, de su derecho a oponerse a la fusión, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, y hasta que se les garanticen dichos créditos.

Madrid, 16 de julio de 2018.- Pedro Luis Herranz García, Administrador único de Herranz Concesionarios, S.L.U., Jorge Herranz García, Administrador único de Herranz Motor, S.A., e Ismael Oliver Romero, Secretario del Consejo de Administración de Auto Europa, S.A., Automóviles Herranz, S.A., Herranz Industrial, S.A., Herranz e Hijos, S.L.U., y Lembata Holding, S.L.

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