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Documento BORME-C-2018-4714

GRANJA LOS ALECOS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AGRONSELLA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 100, páginas 5550 a 5550 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-4714

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General de Socios de la compañía «Granja los Alecos, S.L.» domiciliada en Barasoain (Navarra), carretera Pamplona-Zaragoza, sin número, inscrita en el Registro Mercantil de Navarra, al tomo 176, folio 125, hoja NA-1606, con CIF: B31/017015, celebrada con carácter extraordinario y universal en fecha 17 de mayo de 2018 y el socio único de la sociedad «Agronsella, S.A.U.» domiciliada en Barasoain (Navarra), C.P.31395, carretera Pamplona-Zaragoza, sin número, inscrita en el Registro Mercantil de Navarra, al tomo 1895, folio 59, hoja NA-37662, con CIF: A50/894096, en decisión de 17 de mayo de 2018, han acordado por unanimidad, la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de la sociedad absorbida a favor de la sociedad absorbente, quien adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la misma, en los términos y condiciones del proyecto de fusión de fecha 15 de mayo de 2018 suscrito por los Administradores de ambas compañías, que fue aprobado por la Junta General y el socio único, respectivamente, de ambas entidades, en la misma fecha de 17 de mayo de 2018. Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los Balances específicos cerrados a 31 de diciembre de 2017 de dichas sociedades, también aprobados por unanimidad, fijando 1 de enero de 2018, como fecha de eficacia contable de la operación.

La fusión tiene carácter de impropia por cuanto la sociedad absorbida, la mercantil «Agronsella, S.A.U.», está íntegramente participada por la sociedad absorbente, «Granja los Alecos, S.L.» y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no procede establecer tipo de canje de las participaciones ni ampliar el capital de la sociedad absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los Administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión.

Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes, de obtener el texto integro del acuerdo adoptado y del balance de fusión; y a los acreedores de cada una de ellas, su derecho a oponerse a la fusión en el plazo de un mes a partir de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Barasoain, 18 de mayo de 2018.- El Secretario del Consejo de Administración de Granja los Alecos, S.L. (sociedad absorbente), Javier Iraburu Elizondo.–El Administrador único de Agronsella, S.A.U. (sociedad absorbida), Liborio Oficialdegui Manterola.

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