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Documento BORME-C-2017-8618

MAQUINARIA HOSTELERÍA INDUSTRIAL, S.L.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
HIMY EXPORT IMPORT, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA YA EXISTENTE)

Publicado en:
«BORME» núm. 205, páginas 9977 a 9977 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-8618

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME "), por remisión expresa del artículo 73 del mismo texto legal, se hace público que el 01 de agosto de 2017 el Consejo de Administración de Maquinaria Hostelería Industrial, S.L. aprobó la segregación de la rama de actividad de aire acondicionado, constitutiva de una unidad económica, a favor de Himy Export Import, S.L., sociedad ya existente, que adquirirá todos los derechos y obligaciones inherentes a dicha actividad.

Dado que Himy Export Import, S.L. será íntegramente participada de forma directa por Maquinaria Hostelería Industrial, S.L., resulta aplicable a esta segregación el régimen simplificado establecido en el artículo 49.1 de la LME por remisión de los artículos 73 y 52 de esta.

En consecuencia, no resultan necesarios para esta segregación informe de los administradores, y en tanto que Himy Export Import, S.L. es una sociedad de Responsabilidad Limitada, tampoco un informe de expertos sobre el proyecto de segregación (Artículos 73 a 76 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con los artículos de la LME ya citados), ni la inclusión en el proyecto de segregación de las menciones 2a, 6a y 10a del artículo 31 de la LME.

Sin perjuicio de lo anterior, Maquinaria Hostelería Industrial, S.L. ofrece a los accionistas que representen al menos un 1% de su capital social, la posibilidad de solicitar en un plazo de 15 días la celebración de una Junta General para la aprobación de la segregación, en términos análogos a lo previsto en el artículo 51 de la LME. De no recibirse solicitudes válidas de convocatoria, la segregación se entenderá automáticamente aprobada mediante el acuerdo del Consejo de Administración antes referido, sin necesidad de publicar nuevos anuncios.

El acuerdo de segregación ha sido adoptado en los términos previstos en el proyecto común de segregación suscrito por los consejos de Administración de ambas sociedades y publicado en la página web corporativa de Maquinaria de Hostelería Industrial, S.L. (www.mahi.es), con posibilidad de descarga e impresión, junto con la restante documentación relevante de la segregación.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los Accionistas y Acreedores de Maquinaria Hostelería Industrial, S.L. a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, el cual se encuentra a disposición en su domicilio social de Loiu (48180 - Bizkaia ), Subiñas Bidea, 4-6.

Igualmente se hace constar el derecho que asiste a los acreedores y obligacionistas de Maquinaria Hostelería Industrial, S.L. a oponerse a la segregación en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de segregación.

Loiu, 15 de octubre de 2017.- Secretario del Consejo de Administración y Administrador único, D. Igor Morcillo Yuste.

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