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Documento BORME-C-2017-6340

CONSTRUCCIONES PROYECSA XXI, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NOMACON LABORATORIO, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 123, páginas 7375 a 7375 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-6340

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la ley 3/2009, de 3 de Abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedad Mercantiles, D. Tomás Roque Arce Strien como administrador único Construcciones Proyecsa XXI, Sociedad Limitada (sociedad absorbente) y ésta como socia única de la sociedad Nomacon Laboratorio, Sociedad Limitada (sociedad absorbida), que en fecha 28 de abril de 2017 se aprobó por la primera, en Junta Universal y por unanimidad, y se decidió por la segunda lo siguiente:

La fusión por absorción entre las referidas sociedades, por la cual la sociedad absorbida Nomacon Laboratorio, Sociedad Limitada, traspasa en bloque su patrimonio al mercantil absorbente Construcciones Proyecsa XXI, Sociedad Limitada, adquiriendo ésta por sucesión universal el patrimonio de la sociedad absorbida que quedará extinguida y disuelta sin liquidación, manteniendo la absorbente su órgano de administración. Considerando como balances de fusión, de las sociedades intervinientes los cerrados en fecha 30 de marzo de 2017. Todo conforme al proyecto de fusión conjunto de fecha 31 de marzo de 2017, sin necesidad de depósito previo del proyecto conforme al artículo 4.2 de la Ley 3/2009.

Se hace constar:

El derecho de los socios, de los socios, trabajadores y acreedores de cualquiera de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los respectivos balances de fusión así como también de los documentos relacionados con la fusión mediante su envío o entrega gratuita.

El derecho de los acreedores de cada una de las sociedades, de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de la publicación del último anuncio de tales acuerdos en los términos previstos en el artículo 44 de la citada Ley.

Picassent, 27 de junio de 2017.- Gerente.

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