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Documento BORME-C-2016-9450

VALLÉS 222, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
HAUVIVA 16, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 205, páginas 10970 a 10970 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-9450

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, del 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de "Hauviva 16, S.L.", y esa misma compañía en su condición de socio único de "Vallés 222, S.L.", en la fecha 17 de octubre de 2016, han acordado por unanimidad y decidido, respectivamente, aprobar la fusión por absorción de "Hauviva 16, S.L." por parte de "Vallés 222, S.L.", fusión inversa con disolución sin liquidación de la primera compañía y transmisión en bloque por sucesión universal de todo su patrimonio a favor de la segunda.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52.1 en relación con el 49.1 de la LME no procede establecer tipo de canje de las participaciones ni ampliar el capital de la sociedad absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los Administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión.

No se atribuye ventaja especial alguna en la sociedad absorbente, a los Administradores de la sociedad absorbida ni a los Administradores de la absorbente. Las operaciones de "Hauviva 16, S.L." habrán de considerarse a efectos contables por cuenta de "Vallés 222, S.L."

Se hace constar que los acuerdos unánimes de fusión se han ajustado estrictamente al proyecto común de fusión redactado y aprobado por los órganos de administración de ambas compañías, así como a lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, y que han servido como Balances de fusión de los respectivos balances cerrados a 31 de agosto de 2016. Se hace constar asimismo, el derecho que asiste a los socios, acreedores y empleados de las sociedades fusionadas a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, en los términos del artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles y el derecho de oposición que en virtud del art. 43 de la LME obra en favor de los acreedores, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de fusión.

Barcelona, 18 de octubre de 2016.- El Administrador único de "Vallés 222, S.L.", Daniel Testor Schnell.-El Administrador solidario de "Hauviva 16, S.L.", Santiago Salvador Lipperheide.

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