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Documento BORME-C-2016-8322

RESTALIA GRUPO DE EURORESTAURACIÓN, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MARK LICENCY INTERNACIONAL, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 164, páginas 9660 a 9660 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-8322

TEXTO

ANUNCIO DE FUSIÓN POR ABSORCIÓN

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de RESTALIA GRUPO DE EURORESTAURACIÓN, S.L. aprobó el día 30 de junio de 2016, por unanimidad, la fusión por absorción de MARK LICENCY INTERNACIONAL, S.L.U., sociedad íntegramente participada por la sociedad absorbente, con disolución sin liquidación de la sociedad y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente, habiéndose aprobado, asimismo, los Balances de Fusión de ambas Compañías, cerrados a 31 de diciembre de 2.015.

En acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los administradores de las sociedades con fecha 30 de junio de 2016, y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 49, al tratarse de fusión por absorción en la que la sociedad absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la sociedad absorbida; y se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 42 de la Ley. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 2,6,9 y 10 del artículo 31 de la LME, (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente, (iv) la aprobación de la fusión por la Junta general de la sociedad absorbida (v) depósito y publicación del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil y BORME.

Se hace constar, expresamente, el derecho de los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión de cada una de las sociedades, así como el derecho de los acreedores de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes, contando a partir de la fecha de publicación del último anuncio de fusión, según establece el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Pozuelo de Alarcón (Madrid), 30 de junio de 2016.- Por Restalia Grupo de Eurorestauración, S.L., la Vicesecretaria Consejera D.ª María Belen Martin Gil. Por Mark Licency Internacional, S.L.U., la Administradora Única D.ª María Belen Martin Gil.

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