Está Vd. en

Documento BORME-C-2016-8321

CENTRO DE AMBULANCIAS ARTURO, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TRASLADOS SANITARIOS POR CARRETERA S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 164, páginas 9659 a 9659 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-8321

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que los Administradores de las Sociedades participantes han suscrito y aprobado la fusión mediante absorción por parte de "CENTRO DE AMBULANCIAS ARTURO, S.A." (en adelante Sociedad Absorbente) de la Sociedad Mercantil "TRASLADOS SANITARIOS POR CARRETERA S.L." (en adelante Sociedad Absorbida), adquiriendo la Sociedad Absorbente, por sucesión universal, el patrimonio de la Sociedad Absorbida, que quedará extinguida y disuelta sin liquidación, con traspaso en bloque a la Sociedad Absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que constituyen su patrimonio social, sin ampliación de capital por ser la Sociedad Absorbente titular de forma directa del cien por cien del capital de la sociedad absorbida, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 3/2009 de 3 de abril de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

La fusión se ha acordado conforme al Proyecto de Fusión redactado y suscrito por los Administradores de las Sociedades Participantes, en base a los Balances de Fusión de las compañías cerrados a 31 de Diciembre de 2015, y aprobados por los socios de las entidades. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009 mencionada anteriormente, no ha habido necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y de los Balances de fusión; así como el derecho de los acreedores de las Sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009 sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del anuncio de fusión.

Segovia, 23 de agosto de 2016.- Los Administradores de las Sociedades Participantes.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid