Está Vd. en

Documento BORME-C-2016-763

UNINVEST SGEIC, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 33, páginas 869 a 869 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2016-763

TEXTO

Reducción de capital social por devolución de aportaciones y consecuente modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales.

En cumplimiento del artículo 319 de la ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de UNINVEST, SGEIC, S.A. ("UNINVEST" o la "Sociedad"), en su reunión de 27 de enero de 2016, y a los efectos de devolver las aportaciones a los accionistas afectados por la presente reducción de capital social (en adelante, los "Accionistas Interesados"), acordó, con las mayorías y los requisitos legalmente establecidos, reducir el capital social de la Sociedad, actualmente fijado en trescientos mil diez euros (300.010.-€), en la suma de setenta y cinco mil euros (75.000.-€), quedando fijado el citado capital social, en consecuencia, en la suma de doscientos veinticinco mil diez euros (225.010.-€), mediante la amortización de setenta y cinco mil (75.000) acciones, de un euro (1,00.-€) de valor nominal cada una de ellas.

Como resultado del anterior, una vez sea ejecutado el acuerdo de reducción de capital social aprobado por la Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 27 de enero de 2016, se dará una nueva redacción al artículo 5 de los Estatutos Sociales de la Sociedad para reflejar la nueva cifra del capital social, que, una vez quede inscrita la mencionada reducción, será de:

Doscientos veinticinco mil diez euros (225.010.-€), representado por doscientas veinticinco mil diez (225.010) acciones nominativas, de un euro (1 €) de valor nominal cada una, numeradas de la 1 a la 225.010, ambas inclusive, y está íntegramente suscrito y desembolsado.

Se deja expresa constancia de que la amortización de las acciones de la Sociedad consta debidamente inscrita en el Libro Registro de acciones nominativas de la misma.

Derecho de oposición de acreedores: En virtud de lo dispuesto en el artículo 334.1 de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del anuncio del acuerdo de reducción del capital, no hayan vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos, tendrán el derecho de oponerse a la presente operación de reducción de capital. El derecho de oposición habrá de ejercitarse en el plazo de un mes a contar desde la fecha del presente anuncio en los términos establecidos en el artículo 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

En Santiago de Compostela, 28 de enero de 2016.- Eduardo Nebot Millet, Secretario no consejero del Consejo de Administración.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid