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Documento BORME-C-2016-5955

KUEHNE & NAGEL, S.A., UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
VIKING STAR SHIPPING AGENCY, S.L., UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 104, páginas 6983 a 6983 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-5955

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, en relación con los artículos 42 y 49 del mismo texto legal, se hace público que la Junta General de Accionistas de Kuehne & Nagel, S.A. Unipersonal, celebrada el 27 de mayo de 2016, acordó por unanimidad, la fusión por absorción de sociedad íntegramente participada, siendo Kuehne & Nagel, S.A. Unipersonal la sociedad absorbente y Viking Star Shipping Agency, S.L., Unipersonal la sociedad absorbida, la cual se extinguirá por disolución sin liquidación con la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, subrogándose la misma, a título universal, en todos los derechos y obligaciones de la absorbida. Todo ello conforme a los términos del Proyecto Común de Fusión por Absorción, redactado por los órganos de administración de ambas sociedades en fecha 15 de marzo de 2016, sin que proceda aumento de capital en la sociedad absorbente de conformidad en lo previsto en el artículo 49, ya que la sociedad absorbida se encuentra íntegramente participada por la sociedad absorbente, ni la elaboración del informe de Administradores y expertos sobre el proyecto de fusión, y sirviendo de base a la operación los Balances cerrados a 31 de diciembre de 2015.

Por tratarse de una decisión adoptada en los términos del artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, el acuerdo de fusión ha podido adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, en especial el proyecto de fusión.

La fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2016. Se hace constar que todos los accionistas/socios y acreedores de las dos sociedades tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión en el domicilio social de sociedad absorbente.

Asimismo, durante el plazo de un mes a contar desde la última publicación de este anuncio, los acreedores de las sociedades que se fusionan pueden oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Madrid, 27 de mayo de 2016.- El Secretario del Consejo de Administración, D. Fernando von Carstenn-Lichterfelde.

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