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Documento BORME-C-2016-11008

AIM SPAIN EVENTS & DMC, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AIM GROUP SPAIN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 238, páginas 12734 a 12734 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-11008

TEXTO

I. Aprobación de la fusión - En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 66 y 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el socio único de la sociedad española AIM GROUP SPAIN, S.L.U., siendo ésta a su vez el único socio de la mercantil AIM SPAIN EVENTS & DMC, S.L.U., en fecha 28 de noviembre de 2016, y simultáneamente con la aprobación de los correspondientes balances de fusión, ha acordado la fusión entre las referidas sociedades mediante la absorción de AIM GROUP SPAIN, S.L.U., por AIM SPAIN EVENTS & DMC, S.L.U., con disolución sin liquidación de AIM GROUP SPAIN, S.L.U. y transmisión en bloque de su patrimonio social a AIM SPAIN EVENTS & DMC, S.L.U., que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de AIM GROUP SPAIN, S.L.U., sin que se produzca variación alguna en la cifra de capital social de AIM SPAIN EVENTS & DMC, S.L.U., al ser ésta una sociedad unipersonal cuyo accionista único es la Sociedad Absorbida.

Al estar la Sociedad Absorbente íntegramente participada por la Sociedad Absorbida, se simplifica el procedimiento de fusión de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 52.1 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

II. Tipo de canje - El tipo de canje aplicable a esta fusión es de 1 a 1.

III. Procedimiento de canje - Asimismo, al ser una fusión inversa impropia (es decir, la Sociedad Absorbente está íntegramente participada por la Sociedad Absorbida), la totalidad de las participaciones representativas del capital social de la Sociedad Absorbente pasarán a ser titularidad del socio único de la Sociedad Absorbida (esto es, "AIM GROUP INTERNATIONAL, S.P.A.") y, simultáneamente, se anularán todas las participaciones representativas del capital social de la Sociedad Absorbida, sin que la Sociedad Absorbente tenga que ampliar su capital.

IV. Los balances de fusión serán, en ambas sociedades, los cerrados el 31 de octubre de 2016.

Las operaciones realizadas por la Sociedad Absorbida se entenderán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Sociedad Absorbente a partir del 1 de enero de 2017.

V. Derechos de información, oposición y separación - De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente, respecto de cada sociedad que se fusiona, el derecho que asiste a sus socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales. En ambos casos c/ Arturo Soria, 55 Local, CP 28027, Madrid.

Madrid, 5 de diciembre de 2016.- El Secretario del Consejo de Administración de ambas sociedades.

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