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Documento BORME-C-2016-10311

SURESA EL MAESTRE 2 SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SOLAR EL MAESTRE 2 SOCIEDAD LIMITADA
SURESA ADELFA SOCIEDAD LIMITADA
SURESA ADORMIDERA SOCIEDAD LIMITADA
SURESA ALAMO SOCIEDAD LIMITADA
SURESA ALERCE SOCIEDAD LIMITADA
SURESA ALFALFA SOCIEDAD LIMITADA
SURESA ALGARROBO SOCIEDAD LIMITADA
SURESA ALMENDRO SOCIEDAD LIMITADA
SURESA AMAPOLA SOCIEDAD LIMITADA
SURESA ARANDANO SOCIEDAD LIMITADA
SURESA ARGOMA SOCIEDAD LIMITADA
SURESA AVELLANO SOCIEDAD LIMITADA
SURESA BAMBU SOCIEDAD LIMITADA
SURESA BIOTA SOCIEDAD LIMITADA
SURESA JACINTO SOCIEDAD LIMITADA
SURESA JAVA SOCIEDAD LIMITADA
SURESA LAVANDULA SOCIEDAD LIMITADA
SURESA LIMONERO SOCIEDAD LIMITADA
SURESA LIRIO SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 221, páginas 11952 a 11953 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-10311

TEXTO

En cumplimiento del artículo 43 y concordantes de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que por acuerdo adoptado en juntas generales universales de "Suresa El Maestre 2." (Sociedad Absorbente) de fecha 30 de junio de 2016 y de Solar El Maestre 2 Sociedad Limitada, Suresa Adelfa Sociedad Limitada, Suresa Adormidera Sociedad Limitada, Suresa Alamo Sociedad Limitada, Suresa Alerce Sociedad Limitada, Suresa Alfalfa Sociedad Limitada, Suresa Algarrobo Sociedad Limitada, Suresa Almendro Sociedad Limitada, Suresa Amapola Sociedad Limitada, Suresa Arandano Sociedad Limitada, Suresa Argoma Sociedad Limitada, Suresa Avellano Sociedad Limitada, Suresa Bambu Sociedad Limitada, Suresa Biota Sociedad Limitada, Suresa Jacinto Sociedad Limitada, Suresa Java Sociedad Limitada, Suresa Lavandula Sociedad Limitada, Suresa Limonero Sociedad Limitada, Suresa Lirio Sociedad Limitada (Sociedades Absorbidas), de fecha 30 de junio de 2016, se acordó la fusión de las citadas sociedades, mediante la absorción por parte de la primera sociedad reseñada de las restantes sociedades reseñadas, lo que implicará la extinción y disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente que adquirirá, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquéllas.

Los acuerdos de fusión han sido adoptados conforme al proyecto de fusión redactado por los Órganos de Administración de todas las sociedades participantes en la Fusión.

Sirven como Balances de Fusión de las sociedades Absorbentes y Absorbidas los cerrados a 31 de diciembre de 2015, y las operaciones de las Absorbidas se consideraran realizadas a efectos contables por la Absorbente a partir del 1 de enero de 2016.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades que se fusionan de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, así como el derecho de los acreedores de dichas sociedades de oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de fusión, en los términos previstos por el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de Abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Sevilla, 1 de julio de 2016.- Administrador Solidario de todas y cada una de las sociedades participantes en la fusión, y reseñadas anteriormente, Roberto Melgarejo Martínez de Abellanosa.

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