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Documento BORME-C-2015-8025

COMERCIAL AGRÍCOLA CASTELLANA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ZAMORANO Y BREZMES, S.L.
UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 138, páginas 9530 a 9530 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-8025

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que la junta general extraordinaria de socios de "COMERCIAL AGRÍCOLA CASTELLANA, S.L." (la "Sociedad Absorbente"), celebrada con carácter universal con fecha 15 de julio de 2015, ha aprobado por unanimidad la fusión mediante absorción de la sociedad "ZAMORANO Y BREZMES, S.L. UNIPERSONAL" ("Sociedad Absorbida") por la Sociedad Absorbente, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 12 de junio de 2015 (el "Proyecto de Fusión").

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente (las "Sociedades a Fusionar") y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

En la medida en que las Sociedades a Fusionar son sociedades de responsabilidad limitada y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado en junta general de socios con la asistencia o representación de todos ellos y por unanimidad, la fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión.

Asimismo, dado que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1.4º LME, se hace constar que la operación de fusión ha sido únicamente aprobada por la junta general de socios de la Sociedad Absorbente sin que haya sido necesario contar con la aprobación de la operación de fusión por el socio único de la Sociedad Absorbida.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

En Valladolid, 15 de julio de 2015.- Don Luis Fernando Zárate Rodil, Secretario del Consejo de Administración de las sociedades "Comercial Agrícola Castellana, S.L." y "Zamorano y Brezmes, S.L. Unipersonal".

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