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Documento BORME-C-2015-8024

CEPSA COMERCIAL NOROESTE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ENERGÉTICOS ANDALUCÍA, S.L.U.
SOCOPAR, S.L.U.
CEPSA COMERCIAL CENTRO, S.A.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 138, páginas 9529 a 9529 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-8024

TEXTO

Anuncio de fusión.

Se hace público que el 17 de julio de 2015 la Junta General Extraordinaria de "Cepsa Comercial Noroeste, S.L." y el Socio Único de "Energéticos Andalucía, S.L.U.", "Socopar, S.L.U." y "Cepsa Comercial Centro, S.A.U.", decidieron la fusión entre dichas sociedades, mediante absorción de las tres últimas sociedades por parte de la primera.

En virtud de la fusión así aprobada, "Cepsa Comercial Noroeste, S.L." adquirirá, en bloque y por vía de sucesión universal, el patrimonio social íntegro, con todos los derechos y obligaciones en él incluidos, de "Energéticos Andalucía, S.L.U.", "Socopar, S.L.U." y "Cepsa Comercial Centro, S.A.U.", que de este modo quedarán disueltas, sin necesidad de previa liquidación. Al estar "Energéticos Andalucía, S.L.U.", "Socopar, S.L.U." y "Cepsa Comercial Centro, S.A.U." íntegramente participadas de forma directa por "Cepsa Comercial Noroeste, S.L.", es de aplicación a esta operación societaria lo establecido al efecto en el artículo 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, y demás disposiciones legales aplicables al efecto.

Se deja expresa constancia, conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, del derecho que asiste a los accionistas y a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de la citada Ley, se hace constar, igualmente, el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan de oponerse a la fusión dentro del plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Madrid, 17 de julio de 2015.- Don Alberto Cabrero, en su calidad de Secretario no Consejero del Consejo de Administración de "Cepsa Comercial Noroeste, S.L.", don Enrique de las Alas-Pumariño Linde, en su calidad de Secretario no Consejero del Consejo de Administración de "Energéticos Andalucía S.L.U.", doña Belén Barrientos Galán, en su calidad de Secretaria no Consejera del Consejo de Administración de "Cepsa Comercial Centro, S.A.U." y doña María Luisa Velasco Díaz, en su calidad de Secretaria no Consejera del Consejo de Administración de "Socopar, S.L.U.".

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