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Documento BORME-C-2015-11337

SOCIEDAD DE EXPLOTACIÓN FOTOVOLTAICA GAMMA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SOLAVANTI II, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
SOLAVANTI IV, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
SOLAVANTI VI, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
SOLMASOL V, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 227, páginas 13295 a 13295 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-11337

TEXTO

De conformidad con el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, se hace público que, con fecha 24 de noviembre de 2015, la sociedad Solavanti, Sociedad limitada unipersonal, socio único de la sociedad absorbente, Sociedad de Explotación Fotovoltaica Gamma, Sociedad limitada unipersonal socio único de las sociedades absorbidas Solavanti II, Sociedad limitada unipersonal, Solavanti IV, Sociedad limitada unipersonal, Solavanti VI, Sociedad limitada unipersonal y Solmasol V, Sociedad limitada unipersonal, ha acordado ejerciendo las competencias propias de la Junta General que le confiere el artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital, la operación de fusión por absorción de las sociedades Solavanti II, Sociedad limitada unipersonal, Solavanti IV, Sociedad limitada unipersonal, Solavanti VI, Sociedad limitada unipersonal y Solmasol V, Sociedad limitada unipersonal por la entidad Sociedad de Explotación Fotovoltaica Gamma, Sociedad limitada unipersonal conforme a los términos y condiciones recogidos en el proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes el día 2 de noviembre de 2015.

Se hace constar el derecho de los socios y de los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión por absorción, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de cada una de las sociedades, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Se recuerda expresamente el derecho de los socios y los representantes de los trabajadores, a examinar en el domicilio social los documentos que están a su disposición y a los que se refiere el artículo 39 de la Ley 3/2009.

Madrid, 24 de noviembre de 2015.- Sergio Samper Rivas, como representante persona física del administrador único de la sociedad absorbente y las sociedades absorbidas, la sociedad Solavanti, Sociedad Limitada Unipersonal.

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