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Documento BORME-C-2015-11333

LE RETAIL MEGAPARK, S.L., UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ELISANDRA SPAIN VIII, S.L., UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 227, páginas 13289 a 13290 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-11333

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el Artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el Socio Único de Le Retail Megapark, S.L., Unipersonal, y Elisandra Spain VIII, S.L., Unipersonal, ha aprobado el día 25 de noviembre de 2015 la fusión de ambas Sociedades (la Fusión), mediante la absorción de Elisandra Spain VIII, S.L., Unipersonal (Sociedad Absorbida), por Le Retail Megapark, S.L., Unipersonal (Sociedad Absorbente), de tal forma que una vez consumada la Fusión, la Sociedad Absorbida se extinguirá y transmitirá en bloque todos sus derechos y obligaciones a Le Retail Megapark, S.L., Unipersonal que, a su vez, adquirirá por sucesión universal dichos derechos y obligaciones. Asimismo, se cancelarán todas las participaciones sociales que integran el capital social de Elisandra Spain VIII, S.L.

La Fusión ha sido aprobada conforme al proyecto común de fusión redactado y suscrito por los miembros del Consejo de Administración de las Sociedades Absorbente y Absorbida, el día 25 de noviembre de 2015 (el Proyecto de Fusión).

Al estar las sociedades absorbente y absorbida íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio (la entidad Lar España Real Estate Socimi, S.A.), la Fusión seguirá el régimen simplificado previsto en el artículo 49 de la LME y, en consecuencia: (i) no es necesaria la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones determinadas en el citado artículo 49; (ii) no son exigibles los informes de administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión; (iii) no procede aumentar el capital social de la Sociedad Absorbente.

Las cuentas utilizadas para establecer las condiciones de la Fusión, concretamente los balances de fusión de las sociedades son los cerrados a 31 de octubre de 2015, formulados por todos los miembros del Consejo de Administración de ambas sociedades, absorbente y absorbida, el día 25 de noviembre de 2015.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los Socios y acreedores de las Sociedades, absorbente y absorbida, de obtener, de forma gratuita, el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados por las Sociedades, de los balances de fusión y del proyecto común de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las Sociedades.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades de oponerse a la Fusión, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos señalados en el artículo 44 de la LME.

Para el ejercicio de los derechos referidos, las comunicaciones deberán dirigirse a la siguiente dirección: Le Retail Megapark, S.L., Unipersonal (antes denominada Global Morello, S.L., Unipersonal)/ Elisandra Spain VIII, S.L., Unipersonal, calle Rosario Pino, 14-16, 28020 Madrid, a la atención del Consejo de Administración de la sociedad.

Madrid, 25 de noviembre de 2015.- Miguel Pereda Espeso, Presidente del Consejo de Administración de Le Retail Megapark, S.L., Unipersonal, y de Elisandra Spain, S.L., Unipersonal.

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