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Documento BORME-C-2015-10955

AZVI PROMOCIONES INMOBILIARIAS, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SÁMARA DESARROLLOS URBANÍSTICOS, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 221, páginas 12884 a 12884 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-10955

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que la junta general extraordinaria de socios de AZVI PROMOCIONES INMOBILIARIAS, S.L. (la "Sociedad Absorbente"), celebrada con fecha 3 de noviembre de 2015, ha aprobado la fusión por absorción de SÁMARA DESARROLLOS URBANÍSTICOS, S.L.U. en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de la misma fecha (el "Proyecto de Fusión").

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente (las "Sociedades a Fusionar") y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

En la medida en que las sociedades intervinientes en la operación de fusión son sociedades de responsabilidad limitada y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado en junta general de socios con la asistencia o representación de todos ellos y por unanimidad, la fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión.

Asimismo, dado que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1.4º LME, se hace constar que la operación de fusión ha sido únicamente aprobada por la junta general de socios de la Sociedad Absorbente sin que haya sido necesario contar con la aprobación de la operación de fusión por el socio único de la Sociedad Absorbida.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a fusionar de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Sevilla, 3 de noviembre de 2015.- Por la sociedad absorbente Azvi Promociones Inmobiliarias, S.L. su Administrador Solidario D. Manuel Contreras Ramos y por la sociedad absorbida su Administrador Solidario D. Manuel Contreras Caro.

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