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Documento BORME-C-2014-9819

FRUITES D'OR, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FRUITES D'OR BALEARES, S.L.U.
EUROBANAN PALMA, S.A.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 160, páginas 11248 a 11248 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-9819

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 49 de la Ley 3/2009 ("LME"), se hace público que la Junta general universal y extraordinaria de socios de FRUITES D'OR, S.A. (la "Sociedad Absorbente"), celebrada con fecha 30 de junio de 2014, ha aprobado la fusión por absorción de las sociedades FRUITES D'OR BALEARES, S.L.U. y EUROBANAN PALMA, S.A.U. (las "Sociedades Absorbidas"), por parte de la Sociedad Absorbente, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 29 de junio de 2014 (el "Proyecto de Fusión").

Se hace constar que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de la totalidad de las participaciones sociales y acciones, respectivamente, en que se divide el capital de las Sociedades Absorbidas, y que la operación de fusión ha sido aprobada por la Junta general de socios de la Sociedad Absorbente en Junta universal y por unanimidad de sus accionistas. En consecuencia, y en aplicación del artículo 49 LME, no es necesario (i) el informe de administradores ni expertos independientes sobre el Proyecto de Fusión, ni (ii) la aprobación de la fusión por las Juntas generales de las Sociedades Absorbidas. Asimismo, en aplicación del artículo 42 LME no ha sido necesaria la publicación o depósito previo de los documentos exigidos por la Ley.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, circunstancia que conllevará la extinción de las mismas.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las tres sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión, así como el derecho que asiste a los acreedores de las tres sociedades a oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Palma de Mallorca, 8 de agosto de 2014.- El Consejo de Administración de FRUITES D'OR, S.A., don Ángel Rey Rodríguez, don Donal Martin O'Driscoll y don Francisco Javier González Palenzuela Gallego. El Consejo de Administración de FRUITES D'OR BALEARES, S.L.U., don Ángel Rey Rodríguez, don Donal Martin O'Driscoll y don Francisco Javier González Palenzuela Gallego. El Consejo de Administración de EUROBANAN PALMA, S.A.U., don Ángel Rey Rodríguez, don Donal Martin O'Driscoll, don Rory Patrick Byrne y don Francisco Javier González Palenzuela Gallego.

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