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Documento BORME-C-2014-8411

PESCAPUERTA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CONGELADOS Y DERIVADOS, S.A. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 124, páginas 9679 a 9679 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-8411

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, por una parte, la Junta General Ordinaria de Accionistas de Pescapuerta, S.A., celebrada en Vigo el día 20 de junio de 2014 en primera convocatoria y, por otra, el socio único de Congelados y Derivados, S.A. Unipersonal, en la misma fecha, han acordado la fusión por absorción de Pescapuerta, S.A., y Congelados y Derivados, S.A. Unipersonal, mediante la absorción de la última por parte de la primera, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de su patrimonio íntegro a la sociedad absorbente, que queda subrogada en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.

Los acuerdos de fusión han sido adoptados conforme al Proyecto Común de Fusión suscrito por los administradores de Pescapuerta, S.A., y de Congelados y Derivados, S.A. Unipersonal, el cual se insertó en las páginas web de ambas Compañías de acuerdo con lo establecido en el artículo 32 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles. Asimismo, el referido Proyecto Común de Fusión fue depositado en el Registro Mercantil de Pontevedra el 14 de abril de 2014 y en el Registro Mercantil de León el 9 de mayo de 2014.

Se fija como fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida se consideran realizadas, a efectos contables, por cuenta de la absorbente el día 1 de enero de 2014.

Congelados y Derivados, S.A. Unipersonal, se encuentra íntegramente participada, de forma directa por Pescapuerta, S.A., por ello resulta aplicable el procedimiento previsto en el artículo 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Se hace constar que los accionistas y los acreedores que lo soliciten podrán obtener, de forma inmediata y gratuita, el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de la fusión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir del último anuncio de fusión.

Vigo, 25 de junio de 2014.- Los Presidentes del Consejo de Administración de Pescapuerta, S.A., y del Consejo de Administración de Congelados y derivados, S.A. Unipersonal.

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