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Documento BORME-C-2014-10447

CAPITOLIO, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MESAPA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 187, páginas 11977 a 11977 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-10447

TEXTO

Anuncio de fusión

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles y demás disposiciones concordantes, se hace público que la Junta general extraordinaria de la Sociedad absorbente, celebrada el día 10 de septiembre de 2014, adoptó por unanimidad la fusión por absorción de la sociedad "Mesapa, S.A.U." por "Capitolio, S.A." adquiriendo ésta el patrimonio de la Sociedad absorbida, que quedará disuelta y extinguida, sin liquidación, con el traspaso a la Sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio.

La fusión se acordó de conformidad con el Proyecto de Fusión conjunto suscrito por los Órganos de Administración de ambas compañías el día 27 de junio de 2014 y depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 16 de julio de 2014 y, con los Balances cerrados a 31 de diciembre de 2013 -ya aprobados por la Junta general ordinaria el 27 de junio de 2013- como Balances de Fusión, aprobados por la Junta general Extraordinaria de la Sociedad Absorbente el día 10 de septiembre de 2014. La fusión tendrá efectos contables a partir del día 1 de enero de 2014.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de Abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho de los accionistas y acreedores de las Sociedades que participan en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales.

Asimismo, tal como establece el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, la fusión no podrá ser realizada antes de que transcurra un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos de la Junta general extraordinaria de la Sociedad absorbente. Durante este plazo los acreedores de las sociedades que se fusionan, podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la citada Ley.

Madrid, 22 de septiembre de 2014.- El Administrador único "Viamed Salud, S.L.", Marcial López-Diéguez Gamoneda.

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