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Documento BORME-C-2014-10446

ASSYSTEM IBERIA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SILVER ATENA SPAIN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 187, páginas 11976 a 11976 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-10446

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 45 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que el Socio Único de Assystem Iberia, S.L.U., y el Socio Único de Silver Atena Spain, S.L.U., decidieron, el 22 de septiembre de 2014, ejerciendo las funciones de la Junta General de dichas sociedades, respectivamente, la fusión por absorción de Assystem Iberia, S.L.U. (Sociedad Absorbente) con Silver Atena Spain, S.L. (Sociedad Absorbida), con la extinción de la Sociedad Absorbida y traspaso en bloque de su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la sociedad extinguida, todo ello según lo dispuesto en el artículo 22 de la citada LME.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por todos los miembros del órgano de administración de ambas sociedades con fecha 22 de septiembre de 2014, y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la LME, toda vez que la sociedad absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la sociedad absorbida.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en ambas sociedades por decisión de su respectivo socio único, ejerciendo las facultades de la Junta General, resulta que los acuerdos de fusión se adoptaron en junta universal y por unanimidad de todos los socios en cada una de las sociedades participantes en la fusión, y en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho de los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la misma Ley.

Madrid, 29 de septiembre de 2014.- Don Antoni Fitó Baucells (Secretario No Consejero del Consejo de Administración de Assystem Iberia, S.L.U.), don Gerard Henri Edmond Brescon (Presidente del Consejo de Administración de Assystem Iberia, S.L.U.) y don Jean Julian Bruno Imbert (Administrador Solidario de Silver Atena Spain, S.L.U.).

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