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Documento BORME-C-2014-10163

ENDESA, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 179, páginas 11645 a 11653 (9 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2014-10163

TEXTO

Junta General Extraordinaria de Accionistas El Consejo de Administración de ENDESA, S.A. ("ENDESA" o la "Sociedad"), con fecha 17 de septiembre de 2014, ha acordado convocar Junta General Extraordinaria de Accionistas que se celebrará en Madrid, en la sede social, sita en la calle Ribera del Loira, n.º 60, el día 21 de octubre de 2014, a las 12:30 horas, en convocatoria única, con arreglo al siguiente

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de la venta a Enel Energy Europe, Sociedad Limitada Unipersonal de (i) el 20,3% de las acciones de Enersis, S.A. que son titularidad directa de ENDESA y (ii) el 100% de las acciones de Endesa Latinoamérica, S.A. (sociedad que es, a su vez, propietaria de un 40,32% del capital social de Enersis, S.A.) y que son, en la actualidad, titularidad de Endesa por un importe global de 8.252,9 millones de euros.

Segundo.- Examen y aprobación, en su caso, de la propuesta de desglose y traspaso de la cuenta de prima de emisión de acciones y de la cuenta de reserva de fusión, y traspaso parcial de la cuenta de reserva legal y la cuenta de reserva de revalorización Real Decreto-Ley 7/1996 a la cuenta de reservas voluntarias.

Tercero.- Examen y aprobación, en su caso, del reparto de un dividendo extraordinario por un importe bruto por acción de 7,795 euros (esto es, un total de 8.252.972.752,02 euros) con cargo a reservas de libre disposición.

Cuarto.- Examen y aprobación, en su caso, de la ratificación, reelección y nombramiento de miembros del Consejo de Administración, por el plazo estatutario: 4.1. Ratificación del nombramiento por cooptación de D. Francesco Starace y reelección como consejero dominical de la Sociedad. 4.2. Nombramiento de D. Livio Gallo como consejero dominical. 4.3. Nombramiento de D. Enrico Viale como consejero dominical.

Quinto.- Delegación en el Consejo de Administración para la ejecución y desarrollo de los acuerdos que se adopten por la Junta, así como para sustituir las facultades que reciba de la Junta, y concesión de facultades para la elevación a instrumento público e inscripción de dichos acuerdos y para su subsanación, en su caso.

Presentación de propuestas. De conformidad con el artículo 519.2 de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas que representen, al menos, el cinco por ciento del capital social podrán presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el Orden del Día de la Junta. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social de la Sociedad, calle Ribera del Loira, n.º 60, 28042 Madrid, a la atención del Secretario del Consejo de Administración, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta convocatoria. Intervención de Notario en la Junta El acta de la reunión de la Junta General Extraordinaria de Accionistas será extendida por un Notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, requerido al efecto por el Consejo de Administración, de conformidad con lo establecido en el artículo 203 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con el artículo 101 del Reglamento del Registro Mercantil, el artículo 35 de los Estatutos Sociales y el artículo 22 del Reglamento de la Junta General. Derecho de asistencia y solicitud pública de representación Podrá asistir a la Junta General Extraordinaria de Accionistas cualquier accionista que tenga inscritas sus acciones en el correspondiente registro de anotaciones en cuenta con cinco días de antelación a la celebración de la Junta, y se provea de la correspondiente tarjeta de asistencia. Las acciones de ENDESA están representadas por anotaciones en cuenta, por lo que las tarjetas de asistencia, voto y delegación serán emitidas y facilitadas por las entidades financieras participantes en IBERCLEAR en las que los accionistas tengan depositadas sus acciones, sin perjuicio de los certificados de legitimación emitidos de conformidad con los asientos del registro contable de la entidad encargada o adherida correspondiente. Todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta General Extraordinaria de Accionistas por medio de otra persona, con arreglo a lo establecido sobre esta materia en los artículos 184 y 185 de la Ley de Sociedades de Capital, en los Estatutos Sociales y en el Reglamento de la Junta General. En el caso de las delegaciones de voto remitidas a la Sociedad u otorgadas en favor de los miembros del Consejo de Administración, ya sea directamente o a través de las entidades depositarias de las acciones o encargadas del registro de anotaciones en cuenta, se aplicarán, salvo indicación contraria del accionista representado, las siguientes reglas: 1. Cuando el accionista que confiera su representación no indique otra cosa, se entenderá que ha otorgado instrucciones precisas al representante para que vote a favor de las propuestas formuladas por el Consejo de Administración en relación con los puntos comprendidos en el orden del día de la convocatoria y en contra de las propuestas de acuerdo no formuladas por el Consejo de Administración. 2. En el supuesto de que no se designe a la persona a quien se otorga la representación, la misma se entenderá conferida al Presidente del Comité de Auditoría y Cumplimiento, consejero independiente. 3. Si el representante designado se encontrase legalmente en situación de conflicto de intereses en la votación de alguna de las propuestas que, dentro o fuera del Orden del Día, se sometan a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, la representación se entenderá, salvo indicación en contrario por el accionista representado, conferida al Presidente del Comité de Auditoría y Cumplimiento, consejero independiente. 4. Igualmente, el apoderamiento se extiende a los asuntos que, no figurando en el Orden del Día de la reunión, puedan ser sometidos a votación en la Junta General Extraordinaria de Accionistas. En este caso, y salvo indicación en contrario por parte del accionista representado, el representante ejercerá el voto en el sentido que estime más favorable para los intereses del accionista representado. A los efectos de lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa que tanto el Presidente, el Consejero Delegado, el Secretario Consejero, así como los Consejeros externos dominicales se encuentran en situación de conflicto de intereses en relación con el punto 1 del Orden del Día y que el Consejero D. Francesco Starace se encuentra en situación de conflicto de interés en relación con el punto 4.1 (Ratificación de su nombramiento por cooptación y reelección como miembro del Consejo de Administración). Asimismo, los Consejeros pueden encontrarse en conflicto de interés en los supuestos recogidos en los apartados a), b), c) y d) del artículo 526.1 de la Ley de Sociedades de Capital que pudieran presentarse fuera del Orden del Día con arreglo a la Ley. En este caso, la representación, salvo indicación expresa en contrario, se entenderá conferida al Presidente del Comité de Auditoría, Consejero independiente. Por último, señalar que en el supuesto de que el representante designado por el accionista se encuentre legalmente en conflicto de intereses en la votación de alguna de las propuestas que, dentro o fuera del Orden del Día, se sometan a la Junta, la representación se entenderá conferida al Presidente del Comité de Auditoría y Cumplimiento, consejero independiente. De conformidad con el artículo 11 del Reglamento de la Junta General, los intermediarios financieros que estén legitimados como accionistas pero actúen por cuenta de clientes distintos, podrán fraccionar su voto, de tal forma que les permita cumplir las instrucciones recibidas. Derecho de información. De conformidad con lo establecido en los artículos 272 y 518 de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas podrán examinar en el domicilio social y obtener de la Sociedad, de forma inmediata y gratuita, los siguientes textos y documentación: 1. Anuncio de convocatoria. 2. El número total de acciones y derechos de voto en la fecha de convocatoria. 3. Texto íntegro de las propuestas de acuerdos elevadas por el Consejo de Administración a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, en relación con los distintos puntos del Orden del Día. 4. Informe de administradores justificativo de las propuestas formuladas bajo los puntos primero y tercero del Orden del Día de la Junta General Extraordinaria. 5. Los informes de opinión emitidos por Merrill Lynch Capital Markets España, S.A., S.V. y Deutsche Bank, S.A.E., en relación con la propuesta recibida por Enel Energy Europe, S.L.U. para la adquisición de (i) el 20,3% de las acciones de Enersis, S.A. y (ii) el 100% de las acciones de Endesa Latinoamérica, S.A. (sociedad que es, a su vez, propietaria de un 40,32% del capital social de Enersis, S.A.). 6. Perfil profesional y biográfico de los consejeros cuya ratificación, reelección y nombramiento se propone a la Junta General Extraordinaria de Accionistas. 7. Modelo de tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia. 8. Reglas sobre voto y delegación a distancia. Todos los textos y documentación de la Junta General Extraordinaria de Accionistas se podrán consultar y obtener en la página web de la sociedad "www.endesa.com". Igualmente, se informa a los accionistas de que la Junta General podrá ser seguida a través de dicha página web. Con arreglo a lo previsto en los artículos 197 y 520 de la Ley de Sociedades de Capital y en el artículo 9 del Reglamento de la Junta General, desde la publicación de la convocatoria de la Junta General y hasta el séptimo día anterior, inclusive, al previsto para su celebración en primera convocatoria, los accionistas podrán solicitar por escrito informaciones o aclaraciones que estimen precisas o formular, también por escrito, las preguntas que estimen pertinentes acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del Día de la Junta. Además, con el mismo plazo y forma, los accionistas podrán solicitar aclaraciones por escrito acerca de la información accesible al público que se hubiera facilitado por la Sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General. Las peticiones de información se ajustarán a las reglas establecidas en el artículo 9.3 del Reglamento de la Junta General y se podrán realizar mediante la entrega de la petición en el domicilio social o mediante su envío a la Sociedad por correspondencia postal a la dirección: Endesa, Sociedad Anónima (Junta General Extraordinaria de Accionistas), Calle Ribera del Loira, n.º 60, 28042 Madrid, o mediante comunicación electrónica a través de la página web de la Sociedad (www.endesa.com), accediendo al espacio dedicado a Junta General Extraordinaria de Accionistas, apartado "Derecho de información del accionista". Serán admitidas aquellas peticiones en las que el documento electrónico en cuya virtud se solicita la información incorpore la firma electrónica reconocida empleada por el solicitante, u otra clase de firma electrónica que, mediante acuerdo adoptado al efecto con carácter previo, considere el Consejo de Administración que reúne adecuadas garantías de autenticidad y de identificación del accionista que ejercita su derecho de información. Corresponderá al accionista la prueba del envío de la solicitud a la sociedad en forma y plazo. Entrega de la documentación. Para mayor comodidad de los accionistas y a fin de evitar aglomeraciones en la entrada del local en que se celebrará la Junta General Extraordinaria de Accionistas, la entrega de la documentación referida en el apartado anterior tendrá lugar, previa presentación de la tarjeta de asistencia, en el domicilio social de la Sociedad, situado en la c/ Ribera del Loira, nº 60, 28042-Madrid, de lunes a jueves de 9:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas, y los viernes de 9:00 a 14:00 horas, hasta el día anterior al de la celebración de la Junta. REGLAS SOBRE VOTO Y DELEGACIÓN A DISTANCIA El Consejo de Administración de ENDESA ha decidido, al amparo de lo previsto en el artículo 31 de los Estatutos Sociales y en el artículo 21 del Reglamento de la Junta General, que en esta Junta General Extraordinaria de Accionistas se aplicarán, desde la fecha de publicación del correspondiente anuncio de convocatoria, las siguientes reglas en materia de voto y delegación a distancia: 1. VOTO MEDIANTE MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA Los accionistas de ENDESA con derecho de asistencia y voto podrán ejercer el voto en relación con los puntos del Orden del Día de la Junta General Extraordinaria de Accionistas, a través de medios de comunicación a distancia y con carácter previo a la celebración de la Junta, en los términos previstos en la Ley de Sociedades de Capital, en el artículo 31 de los Estatutos sociales y en los artículos 10 y 21 del Reglamento de la Junta General. 1.1 Medios para la emisión del voto a distancia Los medios de comunicación a distancia válidos para emitir el voto a distancia son los siguientes: (i) Medios electrónicos Para emitir el voto a distancia mediante comunicación electrónica con la Sociedad, los accionistas de ENDESA deberán hacerlo a través de la página web de la Sociedad (www.endesa.com), accediendo al espacio dedicado a Junta General Extraordinaria de Accionistas, apartado "Voto y Delegación a Distancia". De conformidad con lo previsto en los Estatutos y en el Reglamento de la Junta General, el mecanismo para la emisión del voto por medios electrónicos ha de disponer de las debidas garantías de autenticidad e identificación del accionista que ejercita el derecho al voto. Las garantías que, al amparo de lo previsto en el artículo 21 del Reglamento de la Junta General, el Consejo de Administración estima adecuadas para asegurar la autenticidad e identificación del accionista que ejercita su derecho de voto, son la firma electrónica reconocida y la firma electrónica avanzada, en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, siempre que estén basadas en un certificado electrónico reconocido del que no conste su revocación y emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES), dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Aquellos accionistas que dispongan de una firma electrónica que cumpla los requisitos indicados y se identifiquen mediante ella, así como aquellos accionistas poseedores del Documento Nacional de Identidad electrónico (DNIe), podrán emitir su voto en relación con los puntos del Orden del Día de la Junta General Extraordinaria de Accionistas, a través de la página web de la Sociedad (www.endesa.com), siguiendo el procedimiento allí establecido. (ii) Correo postal Para la emisión del voto a distancia mediante correo postal, los accionistas deberán cumplimentar y firmar el apartado "Voto a Distancia por Correo Postal" de la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia emitida en papel por la entidad participante en IBERCLEAR en la que tengan depositadas sus acciones. Una vez cumplimentada y firmada la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia en el apartado destinado a "Voto a Distancia por Correo Postal", el accionista la podrá remitir: 1. Mediante correo postal a la dirección: Endesa, Sociedad Anónima (Junta General Extraordinaria de Accionistas), Calle Ribera del Loira, n.º 60, 28042 Madrid. 2. Mediante el sobre "franqueo en destino" que, en su caso, acompañe a la tarjeta. 3. Mediante servicio de mensajería equivalente al correo postal a la dirección antes indicada. 4. Mediante la entrega de la tarjeta cumplimentada y firmada en la entidad participante en IBERCLEAR en la que tenga depositadas sus acciones. En el supuesto de que la tarjeta de asistencia emitida por la entidad participante en IBERCLEAR no incorpore el apartado dedicado al "Voto a Distancia por Correo Postal", el accionista que desee votar a distancia mediante correo postal deberá descargar de la página web de ENDESA (www.endesa.com) e imprimir en papel la Tarjeta de Voto a Distancia, cumplimentándola y firmándola junto con la tarjeta de asistencia emitida por la entidad participante en IBERCLEAR. Una vez cumplimentadas y firmadas ambas tarjetas, el accionista las podrá remitir: 1. Mediante correo postal a la dirección: Endesa, Sociedad Anónima (Junta General Extraordinaria de Accionistas), Calle Ribera del Loira, Nº 60, 28042-Madrid. 2. Mediante servicio de mensajería equivalente al correo postal a la dirección antes indicada. 3. Mediante la entrega de la tarjeta cumplimentada y firmada en la entidad participante en IBERCLEAR en la que tenga depositadas sus acciones. 2. DELEGACIÓN MEDIANTE MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA Los accionistas de ENDESA podrán conferir su representación a través de medios de comunicación a distancia y con carácter previo a la celebración de la Junta General Extraordinaria de Accionistas, en los términos previstos en la Ley de Sociedades de Capital, en el artículo 31 de los Estatutos sociales y en el artículo 21 del Reglamento de la Junta General, y en los anteriormente señalados en esta convocatoria. 2.1 Medios para conferir la representación Los medios de comunicación a distancia válidos para conferir la representación son los siguientes: (i) Medios electrónicos Para conferir su representación mediante comunicación electrónica con la Sociedad, los accionistas de ENDESA deberán hacerlo a través de la página web de la Sociedad (www.endesa.com), accediendo al espacio dedicado a Junta General Extraordinaria de Accionistas, apartado "Voto y Delegación a Distancia". De conformidad con lo previsto en los Estatutos y en el Reglamento de la Junta General, el mecanismo para conferir la delegación por medios electrónicos ha de disponer de las debidas garantías de autenticidad e identificación del accionista que delega. Las garantías que, al amparo de lo previsto en el artículo 21 del Reglamento de la Junta General, el Consejo de Administración estima adecuadas para asegurar la autenticidad e identificación del accionista que confiere la delegación son la firma electrónica reconocida y la firma electrónica avanzada, en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, siempre que estén basadas en un certificado electrónico reconocido del que no conste su revocación y emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES), dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Aquellos accionistas que dispongan de una firma electrónica que cumpla los requisitos indicados y se identifiquen mediante ella, así como aquellos accionistas poseedores del Documento Nacional de Identidad electrónico (DNIe), podrán conferir su representación a través de la página web de la Sociedad (www.endesa.com), siguiendo el procedimiento allí establecido. El accionista que otorgue su representación por medios electrónicos se obliga a comunicar al representante designado la representación conferida. Cuando la representación se confiera a algún Consejero o al Secretario del Consejo de Administración de ENDESA, esta comunicación se entenderá realizada mediante la recepción por ENDESA de dicha delegación electrónica. En el día y lugar de celebración de la Junta, los representantes designados deberán identificarse mediante su Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte con el fin de que la Sociedad pueda comprobar la delegación conferida, acompañando, en su caso, copia de dicha delegación electrónica. El representante sólo podrá ejercer el voto de su representado asistiendo personalmente a la Junta. (ii) Correo postal Para conferir su representación mediante correo postal, los accionistas deberán cumplimentar y firmar el apartado correspondiente a la delegación de la tarjeta de asistencia emitida en papel por la correspondiente entidad participante en IBERCLEAR. La persona en quien se delegue el voto sólo podrá ejercerlo asistiendo personalmente a la Junta. El accionista podrá remitir la tarjeta debidamente cumplimentada y firmada: 1. Mediante correo postal a la dirección: Endesa, Sociedad Anónima (Junta General Extraordinaria de Accionistas), Calle Ribera del Loira, n.º 60, 28042 Madrid. 2. Mediante el sobre "franqueo en destino" que, en su caso, acompañe a la tarjeta. 3. Mediante servicio de mensajería equivalente al correo postal a la dirección antes indicada. 4. Mediante la entrega de la tarjeta cumplimentada y firmada en la entidad participante en IBERCLEAR en la que tenga depositadas sus acciones. En el día y lugar de celebración de la Junta General Extraordinaria de Accionistas, los representantes designados deberán identificarse mediante su Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, con el fin de que la Sociedad pueda comprobar la delegación conferida, acompañando, en su caso, copia de dicha delegación. 3. REGLAS BÁSICAS SOBRE VOTO Y DELEGACIÓN A DISTANCIA 3.1 Plazo de recepción por la Sociedad de las delegaciones y votos a distancia Para su validez y de conformidad con lo previsto en el Reglamento de la Junta General, tanto las delegaciones a distancia como los votos a distancia (ya sean electrónicos o mediante correo postal) deberán recibirse por la Sociedad con antelación suficiente a la celebración de la Junta General Extraordinaria de Accionistas. En caso contrario, la delegación se tendrá por no conferida y el voto por no emitido, salvo que la recepción posterior, pero antes de la celebración de la Junta General Extraordinaria de Accionistas, permita efectuar las debidas comprobaciones y cómputos de cara a la preparación y celebración de la misma. 3.2 Reglas de preferencia entre delegación, voto a distancia y presencia en la Junta Prioridades entre delegación, voto a distancia y asistencia física La asistencia personal a la Junta General Extraordinaria de Accionistas del accionista que hubiera delegado o votado a distancia previamente, sea cual fuere el medio utilizado para su emisión, dejará sin efecto dicha delegación o voto. Asimismo, el voto, sea cual fuere el medio utilizado para su emisión, hará ineficaz cualquier delegación electrónica o mediante tarjeta impresa en papel, ya sea anterior, que se tendrá por revocada, o posterior, que se tendrá por no efectuada. Prioridades entre delegaciones En el caso de que un accionista realice válidamente varias delegaciones, prevalecerá la última recibida por la Sociedad. Prioridades entre votos a distancia El accionista podrá votar válidamente a distancia una sola vez en relación con cada posición de valores. En el caso de que un accionista efectúe varios votos a distancia respecto de las mismas acciones, sea por vía electrónica o mediante correo postal, prevalecerá el voto que primero haya sido recibido por la Sociedad, quedando invalidados los recibidos en fecha posterior. La revocación o modificación de ese voto a distancia precisará la asistencia personal del accionista a la Junta General Extraordinaria de Accionistas. 3.3 Sentido del voto a distancia El accionista que desee votar a distancia (por medios electrónicos o correo postal) debe indicar el sentido de su voto para cada uno de los puntos incluidos en el Orden del Día. Si, en relación con alguno de los puntos del Orden del Día, no indica el sentido de su voto, se entenderá que vota a favor de las propuestas del Consejo de Administración sobre los asuntos incluidos en el Orden del Día formulado por éste, y en contra de las demás propuestas de acuerdos incluidas, en su caso, al amparo del artículo 519.2 de la Ley de Sociedades de Capital. 3.4 Otras previsiones En caso de emplear medios electrónicos, sólo cabrá una actuación electrónica para cada tipo de operación (una votación y una delegación). Tanto la representación como el voto emitido a distancia quedarán sin efecto por la enajenación de las acciones que confieren el derecho de asistencia de que tenga conocimiento la Sociedad. Es responsabilidad exclusiva del accionista la custodia de su firma electrónica para votar o delegar de forma electrónica. 3.5 Reglas especiales Los accionistas personas jurídicas y los no residentes en España deberán consultar a través de la Línea de Atención a Accionistas 900-666-900 la posibilidad de, en su caso, adaptar, con las debidas garantías, los mecanismos de voto y delegación a distancia a sus peculiaridades. Asimismo, en caso de que el accionista sea persona jurídica, éste deberá comunicar a la Sociedad cualquier modificación o revocación en las facultades que tenga su representante y, por tanto, ENDESA declina cualquier responsabilidad hasta que se produzca dicha notificación. Podrán votar, delegar o asistir cualesquiera de los cotitulares de un depósito de acciones y les serán de aplicación entre sí las reglas de prelación establecidas en el presente apartado 3. A los efectos del artículo 126 de la Ley de Sociedades de Capital, se presume que el cotitular que en cada momento realice una actuación (delegación, voto o asistencia física o remota) se encuentra designado por el resto de los copropietarios para ejercitar los derechos de socio. En estos supuestos, tendrá la consideración de asistente aquél de entre los titulares que se registre en primer lugar (física o remotamente). En relación con ello y a los efectos del artículo 126 de la Ley de Sociedades de Capital, se presume que el cotitular que se registre en primer lugar (física o remotamente) se encuentra designado por el resto de los copropietarios para ejercitar los derechos de socio. 4. INCIDENCIAS TÉCNICAS ENDESA se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de voto y delegación electrónicos cuando razones técnicas o de seguridad así lo demanden. ENDESA no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas, fallos en la conexión, mal funcionamiento del servicio de correos o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de ENDESA, que impidan la utilización de los mecanismos de voto y delegación a distancia. Foro Electrónico de Accionistas El Consejo de Administración ha decidido, al amparo de lo establecido en el artículo 539.2 de la Ley de Sociedades de Capital, que en la Junta General Extraordinaria de Accionistas se aplicarán, desde la fecha de publicación del correspondiente anuncio de convocatoria, las normas de funcionamiento del Foro Electrónico de Accionistas publicadas en la página web de la Sociedad y que se encuentran a disposición de los accionistas en la sede social. Tratamiento de datos de carácter personal Los datos personales que los accionistas remitan para el ejercicio o delegación de sus derechos de asistencia y voto en Junta o que sean facilitados por las entidades bancarias y sociedades y agencias de valores en las que dichos accionistas tengan depositadas sus acciones, a través de la entidad legalmente habilitada para la llevanza del registro de anotaciones en cuenta (IBERCLEAR), serán tratados por la Sociedad a los efectos de permitir la comunicación con el accionista en el marco de las relaciones societarias, realizar campañas personalizadas y permitir el cumplimiento de obligaciones legales, pudiendo ejercitarse, cuando resulten legalmente procedentes, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, mediante comunicación escrita dirigida a Secretaría del Consejo de la Sociedad, sita en Madrid, c/ Ribera del Loira, n.º 60, 28042. Información adicional. Para cualquier aclaración sobre la entrega de documentación y cualquier otro extremo referente a esta convocatoria, los accionistas pueden dirigirse a la Oficina de Información situada en el domicilio social, calle Ribera del Loira, n.º 60, en Madrid, bien personalmente o llamando al teléfono 900-666-900 de lunes a jueves de 9:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas, y los viernes de 9:00 a 14:00 horas.

Madrid, 17 de septiembre de 2014.- Salvador Montejo Velilla, Secretario del Consejo.

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